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Cámara de Diputados despacha a ley nuevo sistema de financiamiento para las Fuerzas Armadas.

La iniciativa propone un nuevo sistema de financiamiento para la Defensa Nacional de carácter plurianual, estable, transparente y con amplios controles civiles y democráticos que incluyen al Congreso Nacional y a la Contraloría, derogando la Ley del Cobre.

25 de julio de 2019

En condiciones de convertirse en ley de la República quedó el proyecto, iniciado en mensaje, que establece un nuevo mecanismo de financiamiento de las capacidades estratégicas de la defensa nacional.
El texto, que fue ingresado a trámite legislativo durante el primer Gobierno del Presidente Sebastián Piñera, establece la creación del Fondo Plurianual de Capacidades Estratégicas, con la finalidad de darle estabilidad a las inversiones del sector defensa, que se realizan a mediano y largo plazo, para el financiamiento de material bélico, infraestructura asociada y gastos de sostenimiento. 
Además, crea un Consejo del Fondo Plurianual para las Capacidades Estratégicas que estará encargado de la programación y control de flujos financieros. 
Asimismo, el mensaje señala que la Ley de Presupuestos de cada año deberá contener la proyección del aporte anual del año cuarto, considerando el programa cuatrienal de inversiones, para la aprobación del Congreso Nacional. 
También, la iniciativa establece un aporte basal para el mantenimiento, sostenimiento y actualización de las capacidades estratégicas existentes, el que corresponderá al monto promedio de los aportes basales enterados al Fondo en el periodo de los seis años inmediatamente anteriores al año en que se aprueba el aporte anual. 

Sobre Fondo de Contingencia y otros avances

El proyecto crea un Fondo de Contingencia Estratégico para enfrentar situaciones de crisis y financiar material bélico severamente dañado como consecuencia de emergencia o catástrofes; y para anticipar una adquisición de material bélico contemplada en la planificación del desarrollo de la fuerza, cuando por las características y disponibilidad sea necesaria dicha adquisición para mantener o desarrollar las capacidades estratégicas. 
Al mismo tiempo, se crean controles civiles y democráticos, por lo que se incorporan nuevos controles por parte de la Contraloría General de la República y por el Congreso Nacional. 
Se elimina el piso mínimo para actividades generales de las Fuerzas Armadas establecido en la Ley de Presupuestos y el piso mínimo de gastos reservados contemplado para las Fuerzas Armadas. 
La iniciativa incorpora la obligación de presentar un proyecto de ley que regule el sistema de compras de capacidades estratégicas. En este se establece que, dentro de los seis meses siguientes a la publicación de la ley, el Presidente de la República deberá enviar al Congreso Nacional un proyecto que regule el sistema de compras que se realice con cargo al Fondo Plurianual para las capacidades estratégicas. 
Dicha propuesta deberá incorporar mecanismos de control civil y democrático, resguardando el secreto o la reserva cuando corresponda. 
Por otro lado, se deroga la Ley 13.196, Reservada del Cobre, subsistiendo el impuesto del 10% a beneficio Fiscal por un período de nueve años, disminuyendo desde el año diez un 2,5% por año hasta llegar a 0% en el año doce. 
Finalmente, el proyecto establece que los recursos remanentes en las cuentas de la Ley Reservada del Cobre serán incorporados al Fondo de Estabilización Económica y Social, establecido en la Ley 20.128, sobre responsabilidad fiscal. 

 

Vea texto íntegro del mensaje, discusión y análisis

 

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