En fallo unánime.
Corte de Santiago aumenta indemnización que empresa eléctrica debe pagar a transeúnte accidentada en cámara subterránea en mal estado.
El Tribunal de alzada condenó a la distribuidora eléctrica a pagar $421.950, por daño emergente, y $3.000.000, por daño moral, a la demandante.

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago incrementó el monto de la indemnización que la empresa eléctrica Enel Distribución Chile S.A., debe pagar por concepto de daño emergente, a transeúnte que sufrió una fuerte caída en calle Sanfuentes, en agosto de 2016, provocada por la falta de mantención de cámara subterránea.
La sentencia sostiene que en cuanto a los daños, la actora solicita a título de daño emergente la suma total de $2.000.000, (SIC) pero de los antecedentes allegados a la causa aparece que sólo debió pagar la suma de $421.950, que comprende el costo de prestaciones médicas, exámenes y tratamiento kinesiológico, que debió cubrir, ocasionándosele un empobrecimiento patrimonial al tener que asumirlos, monto a que se accederá por esta Corte.
La resolución agrega que por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 189 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de catorce de agosto de dos mil dieciocho, dictada por el Tercer Juzgado Civil de Santiago, en causa C-3190-2017, con declaración que se aumenta la indemnización por daño emergente a la suma de $421.950.
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