Diario Constitucional

En fallo unánime.

Corte de Santiago aumenta indemnización que empresa eléctrica debe pagar a transeúnte accidentada en cámara subterránea en mal estado.

El Tribunal de alzada condenó a la distribuidora eléctrica a pagar $421.950, por daño emergente, y $3.000.000, por daño moral, a la demandante.

Por Redacción·12 de agosto de 2019·2 min de lectura
Corte de Santiago aumenta indemnización que empresa eléctrica debe pagar a transeúnte accidentada en cámara subterránea en mal estado.
Referencial

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago incrementó el monto de la indemnización que la empresa eléctrica Enel Distribución Chile S.A., debe pagar por concepto de daño emergente, a transeúnte que sufrió una fuerte caída en calle Sanfuentes, en agosto de 2016, provocada por la falta de mantención de cámara subterránea.

La sentencia sostiene que en cuanto a los daños, la actora solicita a título de daño emergente la suma total de $2.000.000, (SIC) pero de los antecedentes allegados a la causa aparece que sólo debió pagar la suma de $421.950, que comprende el costo de prestaciones médicas, exámenes y tratamiento kinesiológico, que debió cubrir, ocasionándosele un empobrecimiento patrimonial al tener que asumirlos, monto a que se accederá por esta Corte.

La resolución agrega que por estas consideraciones y lo dispuesto en los artículos 189 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se confirma la sentencia apelada de catorce de agosto de dos mil dieciocho, dictada por el Tercer Juzgado Civil de Santiago, en causa C-3190-2017, con declaración que se aumenta la indemnización por daño emergente a la suma de $421.950.

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