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En fallo unánime.

Corte de Santiago fija en 80 UTM multa por intervención de inmueble patrimonial.

El Tribunal de alzada redujo la sanción de 150 a 80 UTM.

13 de agosto de 2019

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago rebajó la multa aplicada por el Consejo de Monumentos Nacionales a dueño de inmueble patrimonial que ejecutó obras sin autorización, debido a las malas condiciones que presentaba la propiedad.
La sentencia sostiene que atendido el mérito de los antecedentes, y teniendo especialmente presente que el demandado adquirió el inmueble en un estado de fragilidad que motivó la ejecución de obras no autorizadas, se confirma la sentencia apelada de quince de mayo de dos mil dieciocho, dictada por el Noveno Juzgado Civil de Santiago, con declaración que se rebaja la multa impuesta en el considerando Décimo Noveno de la sentencia en alzada, al equivalente a 80 UTM a beneficio del Consejo de Monumentos Nacionales.

 

Vea textos íntegros de las sentencias rol 10.817-2018 de la Corte de Santiago y de primera instancia.

 

 

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