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En fallo unánime.

Corte de Apelaciones de Santiago condena al Fisco a pagar indemnización a víctima de torturas y relegación.

El Tribunal de alzada confirmó la sentencia impugnada, dictada por el 26° Juzgado Civil de Santiago, que rechazó la excepción de pago deducida por el Fisco.

23 de agosto de 2019

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó al Fisco a pagar una indemnización de $50.000.000 a José Caucamán Pérez, detenido en septiembre de 1973 y sometido a torturas Puerto Montt y Tal Tal, ciudad a la que fue relegado; y vuelto a detener ilegalmente en 1982.

La sentencia sostiene que por una parte, la reglamentación invocada en cuanto establece un régimen de pensiones asistenciales, no contempla incompatibilidad alguna con la indemnización que aquí se persigue, y no es dable presumir que ella se diseñó para cubrir todo daño moral inferido a las víctimas de atentados a los derechos humanos, pues se trata de formas distintas de reparación, y la circunstancia de que las asuma voluntariamente el Estado, no importa la renuncia de una de las partes o la prohibición para que el sistema jurisdiccional declare su procedencia.

La resolución agrega que las sumas otorgadas al actor, según consta del documento agregado el 21 de enero de 2019, bajo el folio N°41, obedecen a beneficios de reparación consagrados en las Leyes N°19.234, 19.992 y 20.874, en su calidad de víctima de Prisión Política y Tortura, con opción a pensión no contributiva como exonerado político, en circunstancias que el daño cuya reparación se demanda en esta causa, se origina en la tortura, prisión ilegal y relegación sufrida por el actor en 1973 y 1982.

Por tanto, concluye:
I.- Que se confirma la sentencia apelada de fecha uno de abril de dos mil diecinueve, dictada en causa C-25167-2018 por el 26° Juzgado Civil de Santiago, con declaración que la cantidad de $50.000.000 que se condena pagar a la demandada civil por concepto de daño moral, lo es más reajustes, en los términos precisados en este fallo.
II.- Que se confirma en lo demás impugnado el aludido fallo.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de primera instancia del 26° Juzgado Civil de Santiago en Rol C-25167-2018 y de la Corte de Apelaciones de Santiago Rol 5849-2019

 

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