En forma unánime.
CS confirmó sentencia y declaró inadmisible protección contra Primera Sala de la Corte de Valparaíso por no hacer lugar a recurso interpuesto.
El recurrente estimó vulnerado la garantía a la igualdad ante la ley, a la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos y el derecho de propiedad.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Valparaíso y declaró inadmisible la acción de protección deducida por un empresario agrícola contra la Primera Sala de la Corte de Valparaíso por rechazar recurso de reposición contra sentencia definitiva dictada por la Jueza del Juzgado de Policía Local de Panquehue.
El recurrente estimó vulnerado la garantía a la igualdad ante la ley, a la igual protección de la ley en el ejercicio de los derechos y el derecho de propiedad.
En su sentencia, la Corte Suprema adujo que, del mérito de los antecedentes, aparece de manifiesto que en el libelo interpuesto en autos no se han mencionado hechos que eventualmente pueden constituir la vulneración de garantías de las indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política, razón por la que el recurso no puede ser sido acogido a tramitación.
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