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En fallo unánime.

CS revocó sentencia y rechaza amparo contra Ministerio del Interior por rechazar visa sujeta a contrato y disponer el abandono del país de ciudadano colombiano.

La materia objeto del recurso de amparo en estudio no es de aquellas que se encuentran contempladas en el artículo 21 de la Constitución Política de la República.

3 de septiembre de 2019

La Corte Suprema revocó sentencia y rechazó amparo en contra del Ministerio del Interior por rechazar visa sujeta a contrato y disponer el abandono del país de ciudadano colombiano.

Respecto a los hechos, consta que los rechazos se fundan en antecedente penal que mantiene el amparado en su país de origen, por haber sido condenado por delito de fabricación, tráfico y porte de arma de fuego a 24 meses de presidio, concediendo la suspensión condicional de la pena, por sentencia de 16 de diciembre de 2012.

La recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales de debido proceso y su derecho propiedad.

Cabe recordar que en su sentencia, la Corte de Antofagasta había indicado que la decisión de la autoridad migratoria resulta desproporcional, considerando especialmente que la sentencia condenatoria es de 16 de diciembre de 2008, otorgando el cumplimiento de la pena sustitutiva, concediéndose el beneficio de suspensión condicional de la ejecución de la pena por un período de dos años, donde el 11 de abril de 2011 decretó la extinción de la condena, deviniendo en arbitraria y desproporcional la decisión de la recurrida al considerar una condena que ya se encuentra cumplida hace más de ocho años, cuya sentencia se dictó hace más de once años, constituyendo un hecho aislado en la vida del amparado.

Sin embargo, el máximo Tribunal expuso únicamente en su sentencia que la materia objeto del recurso de amparo en estudio no es de aquellas que se encuentran contempladas en el artículo 21 de la Constitución Política de la República, en cuanto no se divisa afectación ni a la libertad personal ni a la seguridad individual respecto de quien se acciona.

Por consiguiente, la Corte Suprema revocó la sentencia apelada, rechazando así el recurso interpuesto.

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N° 24288-2019 y de la Corte de Antofagasta Rol N° 143-2019.

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