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En fallo unánime.

CS confirmó sentencia y declaró inadmisible protección contra empresa de servicios financieros por haber realizado acoso laboral económico a cajera bancaria.

Recurrente estimó vulnerada la garantía consagrada en el artículo 19 número 24.

8 de septiembre de 2019

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago y declaró inadmisible protección interpuesta por cajera bancaria contra Servicios HelpBanc S.A. por haber sido objeta de un acoso laboral económico.
En su momento, la parte recurrente arguyó, en síntesis que, habría sido víctima de acoso laboral económico por parte de su empleador, al haber sido obligada a firmar un compromiso de pago por una pérdida de dinero que le fue imputada por la empresa. Acto que estimó vulneró la garantía establecida en el artículo 19 número 24 de la Constitución Política de la República.
Por su parte, la Corte de Apelaciones de Santiago indicó, en síntesis que, el plazo para recurrir de protección es de treinta días corridos contados desde la ejecución del acto que dio motivo a la amenaza, perturbación o privación del derecho que se estima vulnerado. Indicó luego que, del contexto del libelo de fs. 1, se desprende que la recurrente ha tomado conocimiento del acto que la motiva para deducir esta acción constitucional el veintiocho de mayo de dos mil diecinueve, momento en que firmó el documento “compromiso de pago”. Concluyó indicando que, habiendo deducido el presente recurso con fecha dos de agosto de dos mil diecinueve, esto es, con una antelación superior al plazo previsto para su interposición, este recurso no puede ser acogido a tramitación por extemporáneo.
El máximo Tribunal confirmó la sentencia apelada.

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema en causa Rol Nº 24122-2019 y de la Corte de Apelaciones de Santiago en causa Rol Nº 66646-2019.

 

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