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En fallo dividido.

CS revocó sentencia y acoge amparo contra Ministerio del Interior por decretar la expulsión de ciudadano colombiano que fue condenado hace 25 años en su país de origen.

El máximo Tribunal concluyó que los fundamentos esgrimidos por la autoridad carecen de razonabilidad y proporcionalidad.

9 de septiembre de 2019

La Corte Suprema revocó sentencia y acogió amparo en contra del Ministerio del Interior por decretar la expulsión de ciudadano colombiano.

Respecto a los hechos, consta que el amparado fue condenado en el año 1994, por el delito de violación al estatuto nacional de estupefacientes de Colombia, encontrándose la pena íntegramente cumplida, data de hace 25 años y por la cual no es requerido actualmente en su país de origen.

El máximo Tribunal expuso en su sentencia que el amparado no ha incurrido en otro ilícito o falta penal, además de haber demostrado arraigo laboral y familiar en este país desde que ingresó al territorio nacional, cumpliendo las exigencias de las normas de seguridad social, pues se encuentra afiliado a la AFP Plan Vital y FONASA, y es padre de un hijo nacido en Chile.

En ese sentido, el fallo agrega que en ese orden, no resulta razonable que en el caso sub lite, la mera imposición de una condena dictada por hechos acecidos hace 25 años, que por lo demás fue cumplida, justifique la orden de expulsión materializada en el Decreto Exento N° 1.904, de 18 de diciembre de 2017, y menos aún si se considera que éste reside y trabaja en Chile cumpliendo con sus obligaciones de seguridad social desde el ingreso al país.

Finalmente, el fallo razona que en consecuencia, los fundamentos esgrimidos por la autoridad carecen de razonabilidad y proporcionalidad frente a las circunstancias ya anotadas, y considerando la afectación que ello genera en el derecho a la libertad personal del amparado, garantizado por la Constitución Política de la República, es motivo suficiente para acoger la acción intentada.

En virtud de dichas consideraciones, la Corte Suprema revocó la sentencia, acogiendo así el recurso intentado.

La decisión fue acordada con los votos en contra del Ministro Valderrama y el Abogado Integrante Lagos, quienes estuvieron por confirmar la sentencia apelada, en virtud de sus propios fundamentos.

 

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol N° 25087-2019 y de la Corte de Santiago Rol N° 1771-2019.

 

 

 

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