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Por doble inscripción de nacimiento.

Juzgado Civil condena a Servicio de Registro Civil a pagar indemnización por bloqueo de cédula de identidad.

El Tribunal acogió la acción judicial y estableció la responsabilidad de la repartición estatal por falta de servicio al bloquear los documentos de la demandante, lo que le impide realizar una serie de trámites

27 de septiembre de 2019

El Décimo Juzgado Civil de Santiago condenó al Servicio de Registro Civil a pagar una indemnización de $ 10.000.000, a una mujer a la que se le bloqueó su cédula de identidad por doble inscripción de nacimiento.

La sentencia sostiene que respecto del segundo requisito enunciado, esto es, que se acredite que éste no actuó o que lo hizo en forma inadecuada o insuficiente, cabe hacer presente que, de los hechos que se tuvieron por probados en el considerando octavo, en especial , aquellos signados con los números 1 al 4 y número 7, se desprende que la demandante, nacida el 4 de abril de 1972 e inscrita bajo el N° 10.342, Registro E del año 1972, de la circunscripción de Providencia, se encuentra también inscrita como Claudia Andrea Oróstica Suárez, RUN 11.947.447-7, bajo el N° 1388 de 1972 de la circunscripción de Las Condes, y ambas inscripciones corresponden a la misma persona.

Que al 6 de junio de 2016, tanto la cédula de identidad N° 11.947.477-7, correspondiente a la primera inscripción de la demandante, como la cédula de identidad N° 13.474.670-K correspondiente a su segunda inscripción, se encontraban bloqueadas en el sistema del Servicio de Registro Civil e Identificación, siendo imposible generar certificados a su respecto y que a la fecha de la demanda, la cédula de identidad N° 13.474.670-K, correspondiente a la demandante, todavía se encontraba bloqueada en el sistema del Servicio de Registro Civil e Identificación. Que por este mismo bloqueo la actora no pudo obtener licencia de conducir y que esta situación del doble bloqueo no estaba reconocida por el Registro Civil ya que en comunicación acompañada a fojas 270 en el número 7 de lo principal de la presentación , el Servicio con fecha 28 de diciembre de 2016, le informa al Cuarto Juzgado de Familia de Santiago que la demandante seguiría identificándose provisoriamente como Claudia Muñoz Suarez, con el Run 13.474.67k , cuya cédula fuera emitida el 3 de abril de 2013 y que esta se encontraría vigente hasta el 4 de abril de 2021, lo mismo le habría informado a la demandante en carta AG 753 de fecha 13 de mayo de 2013, donde se le indica que se le seguirá otorgando cedula de identidad con el único nombre con el que se habría obtenido cedula de identidad , esto es Claudia Muñoz Suarez, mientras resolvía la situación que la afecta, lo que en los hechos no se cumplió, como consta de los certificados de la Ilustre Municipalidad de Lo Barnechea de fojas 4, donde aparece acreditada la imposibilidad de obtener licencia de conducir por el bloqueo de su registro y el documento de fojas 3 que da cuenta de la imposibilidad de obtener certificado de nacimiento en línea.

Agrega que por lo que el servicio habría cometido un acto contrario a derecho al mantenerla bloqueada del sistema registral impidiéndole obtener documentos necesarios para la vida civil como la licencia de conducir o certificados de nacimiento.

Que la emisión de un acto administrativo ilegal constituye, por lo general, una falta se servicio, comprometiendo, por tanto, la responsabilidad del Estado si se causa un daño a una persona; no interesando en la dictación de esos actos ilegales la persona del funcionario o autoridad que lo dictó, sin perjuicio en todo caso de la responsabilidad administrativa que pueda corresponderle o a la existencia de una falta personal, siendo siempre el Estado el que por los perjuicios que causen sus actos administrativos ilegales. De lo anterior se colige, que el concepto de falta de servicio es independiente de la existencia de culpa por parte del funcionario, presupuesto este que resulta relevante, ya que un acto culposo puede constituir una falta de servicio y no comprometer la responsabilidad de su autor, la cual sólo quedaría comprometida en el caso que el acto constituya una falta personal.

Además, se considera que de esta manera, y al haber actuado un órgano de la Administración del Estado de forma ilegal y arbitraria, según se asentó, es que se puede establecer que ha existido un funcionamiento indebido de parte de la administración, calificándose su actuar como una falta de servicio.

 

Vea texto íntegro de la sentencia del Décimo Juzgado Civil de Santiago Rol C-27160-2016

 

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  1. Yo estoy desde soptiembre con la cédula vencida y no tengo respuesta concreta de por qué la demora en mi solicitud. Y es solo renovación del carnet, no tengo respuesta concreta

  2. tengo desde septiembre con la cedula vencida, realizando el trámite en 2 ocasiones y entregando los antecedentes solicitados como fue el certificado de visa definitiva que m entrego la PDI… quiero saber por que tanto tiempo se demora si es renovación de cedula, tengo mucho tiempo esperando necesito respuestas… ya realice varias consultas y reclamos y no obtengo respuestas, esta seria la 3ra vez que les escribo, hable con la señora Edith orellana de la oficina del centro para que me ayudara y no conseguí respuestas, ella me envio a la oficina donde tramite mi cedula para hablar con la señora Yolanda lira de la oficina civil de la reina y tampoco saben nada, dndo como respuesta que asi es el sistema que no puede hacer nada, en realidad ya nose que mas hacer.

  3. En mi caso el Registro Civil me bloqueo por fallecida el 03/03/2023, situación revertida el 14/03/2023 ante reclamo presentado por mi el 13/03/2023 pero que al día de hoy me tiene con múltiples problemas, dado que sistemas no se encuentran en línea, les cuento un par:
    – Bloqueo de cuenta corriente
    – Por bloqueo de cuenta corriente no he recibido pago de mi pensión del mes de marzo.
    – Debo realizarme una serie de exámenes que no he podido hacer por bloqueo de cuenta bancaria,

    Por lo anterior comprendo situación de Claudia.

  4. Tuve fecha en el registro civil y fui rechasado dos veces y nececito una explicacion por q no puede ser posible mas ensima cuando vas aver q pasa te tratan mal