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Escriben: «Intermediación Financiera del Crimen Organizado».

La autora indica que las organizaciones ilícitas dedicadas al crimen organizado se han valido de los beneficios generados por la aceleración mundial para expandirse.

3 de octubre de 2019

Recientemente, la autora argentina María Carolina Renaud publicó un análisis sobre la intermediación financiera del crimen organizado.

En el documento, la académica comienza explicando que en las últimas décadas, el contexto internacional globalizado, ha impulsado el comercio, desarrollado la tecnología y multiplicado los sistemas de comunicación. En ese marco, las organizaciones ilícitas dedicadas al crimen organizado se han valido de los beneficios generados por la aceleración mundial para expandirse, accediendo a una dimensión trasnacional que le permite potenciar su poder.

Luego, el trabajo expone que, ante ello, los Estados y la Comunidad Internacional, unieron sus voluntades a través de la celebración de diversos Tratados, creando así, un marco jurídico integral, con el fin de proteger los Derechos Humanos y perseguir de forma conjunta, operativa y eficiente, a la delincuencia organizada.

Posteriormente, el documento explica que los mecanismos de control gubernamental no resultan suficientes para conocer, detectar ni mitigar los riesgos provenientes del accionar ilícito de las organizaciones criminales. En efecto, no solo han expandido los grandes tráficos sino que, utilizan las plataformas virtuales y servicios de profesionales deshonestos para transferir y capitalizar sus ganancias ilegales, a nivel trasnacional, provocando cientos de víctimas, desde el origen de su actividad hasta la reinversión de los capitales que de ella se desprenden.

A continuación, la autora indica que, por ello, es inminente que se forjen lazos de cooperación jurídica internacional en materia penal y financiera, construyendo vías de comunicación, directas, eficientes, certeras y rápidas, para facilitar el entrecruzamiento de información, a fin de detectar maniobras delictivas relacionadas con el crimen organizado y detener el avance de este flagelo contra la humanidad.

En ese sentido, el trabajo desarrolla la idea de que es vital que las investigaciones judiciales realizadas en este campo se desarrollen de forma interdisciplinaria, con profesionales especialistas en materia financiera, contable y económica, que puedan aportar conocimientos técnicos, a fin de producir y valorar las pruebas necesarias para otorgarle a los Magistrados como Fiscales herramientas que le permitan obtener la certeza probatoria, que estos tipos penales de orden económico requieren.

Finalmente, el documento concluye que la intermediación financiera no autorizada es el canal mediante el cual los flujos financieros ilícitos se desplazan con total impunidad, de un extremo geográfico a otro, generando graves repercusiones a nivel económico, político, social e institucional, local, regional y global. Por eso, los Estados deben asumir su responsabilidad, puesto que, los Objetivos de Desarrollo Sostenible reflejan la ineptitud, la falta de acción y la demora, frente al exponencial impacto que provocan los delitos que conforman el crimen organizado, atentando, a diario, contra la paz, los Derechos Humanos, la Seguridad, el Orden Económico y Financiero, la Administración Pública y de Justicia, y el Ambiente, aquellos bienes jurídicos que el Derecho Penal Económico denomina “supraindividuales”.

 

 

Vea texto íntegro de la publicación.

 

 

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