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Durante periodo de veda.

Juzgado Civil de Santiago condena a pescadería a pagar multa por venta ilegal de locos.

El Tribunal aplicó la sanción, luego de la denuncia presentada por el Servicio Nacional de Pesca (Sernapesca).

3 de octubre de 2019

El Primer Juzgado Civil de Santiago condenó a una pescadería a pagar una multa de 30 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) por la venta ilegal de moluscos tipo loco durante periodo de veda.

La sentencia sostiene que analizada la prueba rendida, de acuerdo a la sana crítica, se puede concluir que esta es suficiente para producir convicción sobre la efectividad de que el denunciado cometió la infracción a la Ley General de Pesca y Acuicultura que le fue atribuida, consistente en no acreditar el origen legal del producto hidrológico loco, infringiendo con ello lo dispuesto por los artículos 63 a 67 y 107 de la Ley General de Pesca y Acuicultura, en relación al Decreto Supremo N° 129 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, y la resolución N° 1319 del año 2014, sin que los hechos fueren desvirtuados por prueba en contrario, de cargo del denunciado.

Agrega que si bien la parte denunciada acompañó la prueba documental referida en el considerando Cuarto, tanto la documentación aludida como la sociedad emisora de las mismas no cuentan con el visado de la entidad denunciante, por lo que, en opinión de esta sentenciadora, carece del mérito suficiente para desvirtuar lo expuesto precedentemente teniendo presente que lo efectuado por los fiscalizadores cuanta con una presunción de veracidad que no fue contrastada. No contando con dicha validación, en consecuencia, no se puede tener por acreditado el origen de los recursos incautados, sin que exista prueba alguna en contrario, que éstos se encontraban en veda, a la época de su extracción y comercialización.

 

Vea texto íntegro de la sentencia del Primer Juzgado Civil de Santiago ROL C-25507-2018

 

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