En fallo unánime.
CS revocó sentencia y rechaza protección deducida por alumnos de medicina en contra de una Universidad que habría aplicado su Reglamento en forma arbitraria.
Los recurrentes estimaron vulneradas sus garantías constitucionales de igualdad ante la ley, debido proceso y el derecho de propiedad.

La Corte Suprema revocó sentencia y rechaza protección deducida por alumnos de la carrera de medicina de la Universidad Autónoma de Chile, quienes recurren en contra de dicha casa de estudios, en razón de haber procedido la recurrida a la aplicación arbitraria de los Reglamentos que rigen la relación de los alumnos con la institución universitaria, o la omisión de aplicación de esos mismos reglamentos.
Respecto de los hechos, consta que los estudiantes recurrentes de sexto año, cursaron durante el año 2018 un internado que se divide en cuatro ramos, debiendo aprobar el primero para avanzar al siguiente y, en caso de reprobación, se requiere repetir la rotación completa. Reconocen que reprobaron una, dos o tres asignaturas, motivo por el cual fueron bloqueados en el sistema de administración virtual de la institución e incurrieron en causal de eliminación de la carrera. Añaden que ello se produjo a causa que se les requirió nuevas notas de presentación a examen, exigiéndoles un 5.0, en circunstancias que el Reglamento Universitario permite rendir la evaluación con un 4.0.
Los recurrentes estimaron vulneradas sus garantías constitucionales de igualdad ante la ley, debido proceso y el derecho de propiedad.
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