Noticias

En fallo unánime.

CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección contra Vías Chile S.A. por anunciar que duplicará sus tarifas para quienes circulen sin TAG en Autopista del Sol.

Los hechos descritos en la presentación y las peticiones que se formulan a esta Corte exceden las materias que deben ser conocidas por el presente recurso.

8 de octubre de 2019

La Corte Suprema confirmó sentencia que declaró inadmisible protección contra Vías Chile S.A. por anunciar que duplicará sus tarifas para quienes circulen sin TAG en Autopista del Sol.

Respecto de los hechos, consta que por el sólo hecho de circular sin TAG, con éste inhabilitado o por tener una infracción (como lo puede hacer cualquier chileno que viva fuera de Santiago) o alguien que no compró o suscribió el contrato con la concesionaria, los precios de manera Unilateral suben, a modo de multa entre 1.200 y 5.600 en horario normal, y entre 1.200 y 8.400 en horario punta.

El recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales de igualdad ante la ley, debido proceso y derecho de propiedad.

Cabe recordar que, en su sentencia la Corte de Santiago indicó en su oportunidad que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando éste ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales.

Luego, el fallo agregó que, los hechos descritos en la presentación y las peticiones que se formulan a esta Corte exceden las materias que deben ser conocidas por el presente recurso, atendida su naturaleza cautelar, por lo que no será admitido a tramitación.

Conforme a lo anterior, se declaró inadmisible el recurso intentado. Por su parte, el máximo Tribunal confirmó la sentencia apelada.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia Corte Suprema Rol N° 27.597-2019Corte de Apelaciones de Santiago Rol N° 79.040-2019,

 

 

RELACIONADO

*CS confirmó sentencia y rechazó protección deducida contra Tesorería General de la República por trabar embargo no aplicando condonación a recurrente…

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *