Primera sala.
Ingresan al TC requerimientos contra norma de Ley de Impuesto a la Renta que establece impuesto específico a la actividad minera.
Las gestiones pendientes inciden en autos sobre recursos de apelación ante la Corte de Santiago.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 64 bis de la Ley de Impuesto a la Renta.
El precepto impugnado establece, en síntesis, un impuesto específico a la actividad minera.
Las gestiones pendientes inciden en autos sobre recursos de apelación ante la Corte de Santiago, en los que la empresa requirente es recurrente, puesto que con ocasión de un programa de fiscalización destinado a verificar el correcto cumplimiento tributario en la determinación del Impuesto Específico a la Actividad Minera en la explotación del litio en sus diversas formas, se practicaron a SQM Salar, dos requerimientos de auditoría, mediante las notificaciones N° 253-16 para el año tributario 2015 y N° 793-16 para el año tributario 2016. Sin embargo, la respuesta entregada por la empresa no permitió desvirtuar las observaciones planteadas en la citación, razón por la cual se resolvió debía ser modificada la base imponible del Impuesto Específico a la Actividad Minera.
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Pleno.
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