Diario Constitucional

Daño material e inmaterial.

Corte IDH determinó que Venezuela es responsable por la violación al derecho a la libertad de expresión de persona que denunció irregularidades financieras en la Asamblea Nacional.

A propósito del Caso Álvarez Ramos Vs. Venezuela.

Por Redacción·11 de octubre de 2019·3 min de lectura
Corte IDH determinó que Venezuela es responsable por la violación al derecho a la libertad de expresión de persona que denunció irregularidades financieras en la Asamblea Nacional.
Referencial

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) declaró responsable al Estado de Venezuela por la violación al derecho a la libertad de expresión, participación política, circulación, garantías judiciales y protección judicial en perjuicio de Tulio Álvarez Ramos.

Respecto a los hechos, consta que Tulio Alberto Álvarez Ramos publicó, en el 2003, un artículo en un diario el cual daba a conocer supuestas irregularidades en el manejo financiero de la Caja de Ahorros de la Asamblea Nacional de Venezuela por parte del entonces presidente de dicho Poder del Estado. Este artículo originó un proceso penal en contra de Álvarez Ramos, donde se le condenó a prisión por 2 años y 2 meses, inhabilitación política y prohibición de salida del país por la comisión del delito de difamación agravada continuada. El 4 de marzo de 2009 se decretó el cumplimiento de dicha condena.

Al respecto, la Corte IDH consideró que la respuesta punitiva del Estado mediante el derecho penal no es convencionalmente procedente para proteger el honor del funcionario en caso de discursos referidos a conductas de funcionarios públicos en ejercicio de sus funciones. Reiteró, el Tribunal, que la libertad de expresión protege no sólo la emisión de expresiones inofensivas o bien recibidas por la opinión pública, sino también la de aquellas que chocan, irritan o inquietan a los funcionarios públicos o a un sector cualquiera de la población. Por tanto, la sanción penal por difundir noticias de esta naturaleza produciría, directa o indirectamente, un amedrentamiento que, en definitiva, limitaría la libertad de expresión e impediría someter al escrutinio público conductas que infrinjan el ordenamiento jurídico, como, por ejemplo, hechos de corrupción, abusos de autoridad, etc. Lo anterior debilitaría el control público sobre los poderes del Estado, con notorios perjuicios al pluralismo democrático.

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