Noticias

En fallo unánime.

Corte de Santiago confirma sentencia que acogió demanda por falta de servicio de hospital.

El Tribunal de alzada confirmó la sentencia del Cuarto Civil de Santiago que acogió la demanda por falta de servicio del centro asistencial

17 de octubre de 2019

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago confirmó la sentencia que condenó al Servicio de Salud Metropolitano Santiago Oriente a pagar una indemnización de $ 210.000.000 a la cónyuge e hijos de una paciente que murió en el Hospital Salvador por tardía atención de urgencia.
La sentencia de primera instancia sostiene que en virtud de lo anterior y considerando especialmente lo establecido en el Protocolo de priorización en la Unidad de Emergencia del Hospital del Salvador, ha resultado acreditado que el Hospital del Salvador no prestó atención médica de urgencia en el plazo que prescribe el protocolo local a los pacientes categorizados C2 o color naranjo, incurriendo en falta de servicio, ya que el Hospital del Salvador estando obligado a brindar atención médica a paciente, en un tiempo máximo de 30 minutos no lo hizo, prestándole finalmente, asistencia al paciente dos horas después de ingresado, cuando estando en la camilla del SAPU, en la sala de espera del Hospital, sufre un paro cardiorrespiratorio que desencadenó en su muerte.
Agrega que la falta de atención oportuna al paciente, es también corroborada con el mérito del sumario administrativo incoado en contra de los Dres. del Hospital del Salvador, en el que se verificó que el paciente no fue atendido dentro del lapso de 30 minutos como lo indica el Protocolo de Priorización de Urgencias respecto de los pacientes categorizados C2.
Por lo demás, en el sumario administrativo también resultó acreditado que la Dra. fue informada, con antecedentes a la vista de la agravación del paciente, quien comenzó a desaturar de manera importante mientras esperaba evaluación médica en el servicio de emergencia, falta que ameritó ser sancionada con censura.
Además se considera que del mérito de las probanzas que obran en este proceso, es posible sostener que el Hospital del Salvador incurrió en falta de servicio respecto del paciente, ya que no se le prestó asistencia médica dentro de los 30 minutos que establece el protocolo local como tiempo máximo de espera, esto a pesar que los paramédicos que se encontraban en el turno le avisaron en reiteradas ocasiones a la Dra. la gravedad del estado de salud del paciente, el que fue empeorando, debido a que requería con urgencia una transfusión sanguínea atendido el diagnóstico que presentaba, lo que finalmente provocó que el paciente falleciera en una camilla del SAPU a la espera de atención médica, la que llegó tan solo cuando debieron realizar las maniobras reanimación dado que presentó un paro cardiorrespiratorio, el que se produjo a las dos horas de ingresado al Hospital del Salvador. Por tales razones, se accederá a la demanda entablada, por ser el demandado responsable del daño causado.

 

Vea textos íntegros de las sentencias rol 6.780-2018 de la Corte de Santiago  y de primera instancia.

 

RELACIONADOS
*CS confirma sentencia que condena a Hospital Regional Antofagasta por falta de servicio…
*CS acogió casación contra sentencia que había rechazado demanda de indemnización de perjuicios por falta de servicio contra un hospital de Los Ángeles debido a una colonoscopía mal realizada…

 

Te recomendamos leer:

Agregue su comentario

Agregue su Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *