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Por unanimidad.

CS confirmó sentencia y declaró inadmisible protección deducida contra integrantes de Junta de Vecinos por impedir celebración de elecciones.

El recurrente estimó vulneradas las garantías establecidas en el artículo 19 números 15 y 24 de la Constitución.

19 de octubre de 2019

Por unanimidad, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Valparaíso y declaró inadmisible protección interpuesta a nombre de la Junta de Vecinos N° 92 Villa Berlín contra integrantes de la ex comisión electoral por la supuesta sustracción de libros de la Junta de Vecinos, impidiendo así lacelebración de elecciones de directiva.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra de integrantes de la ex comisión electoral de la Junta de Vecinos N° 92 Villa Berlín por la supuesta sustracción del libro de socios, el libro de actas y los timbres oficiales de la Junta de Vecinos, impidiendo así la celebración de elecciones de directiva, pendientes desde hace un año.
El recurrente estimó vulneradas sus garantías del artículo 19 de la Constitución numerales 15 y 24.
En su sentencia, la Corte de Apelaciones de Valparaíso indicó, en síntesis que, atendido el mérito de los antecedentes, apareciendo de los mismos que los actos que se les atribuyen a las recurridas fueron denunciados en su oportunidad a la autoridad correspondiente; que el recurso de protección no es la vía idónea para este caso; que no se advierten garantías constitucionales vulneradas y lo previsto en el numeral 2 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo de este arbitrio, se declaró inadmisible el recurso de protección deducido.
Por su parte, la Corte Suprema confirmó la sentencia apelada.

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema en causa Rol Nº 27828-2019 y de la Corte de Valparaíso en causa Rol Nº 15256-2019.

 

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