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En fallo unánime.

Corte de Santiago ordena dar cobertura a tratamiento de atrofia medular espinal.

El Tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario de la recurrida al negar el tratamiento.

24 de octubre de 2019

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de Santiago acogió recurso de protección y ordenó al Fondo Nacional de Salud (Fonasa) y al Ministerio de Salud entregar cobertura para la adquisición y suministro del medicamento Spinraza que requiere menor de edad para tratar la atrofia medular espinal (AME) que padece.
La sentencia sostiene que en estas condiciones, la negativa de la recurrida de otorgar el medicamento que requiere, constituye un acto arbitrario que, sin duda, amenaza la garantía del derecho a la vida y a la integridad física del recurrente, pues la priva, en la práctica, del acceso al mismo, infiriéndole un daño grave y significativo que afecta este derecho fundamental.
La resolución agrega que conforme a lo expuesto, el costo del medicamento parece constituir la principal razón para no otorgar el tratamiento requerido, fundamentalmente por el impacto que podría tener en los limitados recursos con los que cuentan las instituciones públicas para atender las necesidades de otros enfermos.
Añade que al respecto, es preciso reflexionar que si bien el elemento económico constituye un aspecto a considerar en diversas decisiones de las autoridades públicas no debería serlo en aquellas que dicen relación con resguardar la vida de una persona, derecho que constituye un bien jurídico superior y de carácter absoluto.
Por tanto, concluye que se acoge, sin costas, el recurso de protección deducido en favor de (…), solo en cuanto se ordena al sistema estatal de salud (Fonasa- Ministerio de Salud) para que proceda a otorgar cobertura por la Atrofia Muscular Espinal que le afecta AME Tipo 2, financiando el costo del medicamento denominado ‘SPINRAZA' (NUSINERSEN), incluyendo su hospitalización y el procedimiento respectivo para hacer factible dicho tratamiento por el tiempo que su médico tratante estime necesario.

 

Vea texto íntegro de la sentencia rol 68.243 – 2019

 

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