En fallo unánime.
Corte Suprema condena a empresa a pagar indemnización por aceptar como medio de pago cheque robado
El máximo Tribunal declaró inadmisible el recurso de casación en el fondo deducido en contra la sentencia que estableció la responsabilidad de la empresa por actuar negligente al no verificar la identidad de cliente que pagó con cheque robado y con firma falsa.

En el fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia que condenó a la Sociedad Supermercado del Neumático a pagar una indemnización de $5.000.000, por aceptar como medio de pago cheque que había sido sustraído al demandante.
La sentencia sostiene que en tal sentido esta Corte ha indicado que las normas infringidas en el fallo, para que pueda prosperar un recurso de casación en el fondo, han de ser tanto las que el fallador invocó en su sentencia para resolver la cuestión controvertida, como aquéllas que dejó de aplicar -normas decisoria Litis-, puesto que en caso contrario, esta Corte no podría dictar la correspondiente sentencia de reemplazo, toda vez que al no acusarse su vulneración habría que concluir que se hizo adecuada interpretación y aplicación de las mismas.
La resolución agrega que como ha podido advertirse, en la especie la parte recurrente ha centrado su crítica en la circunstancia de haberse vulnerado en el fallo que impugna los artículos 1698, 1712 y 1713 del Código Civil y artículo 398 del Código de Procedimiento Civil. Empero, versando la contienda sobre la existencia de un cuasidelito civil, la exigencia consignada en los motivos precedentes obligaba al impugnante a explicar los contenidos jurídicos del instituto que se hizo valer en el juicio, esto es, la acción indemnizatoria extracontractual regulada en los artículos 2314 y siguientes del Código Civil y a acusar la infracción, a lo menos, de esa norma decisoria, absolutamente marginada del discurso impugnatorio. A mayor abundamiento, tampoco ha sido denunciado como vulnerado el artículo 2329 del mismo cuerpo normativo, norma aplicada por los jueces de fondo en la resolución del asunto controvertido.
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