Diario Constitucional

Segunda Sala.

Impugnan ante el TC norma de la Ley Emilia que exige cumplimiento efectivo de pena privativa de libertad.

La gestión pendiente incide en autos penales seguidos ante el Juzgado de Garantía de San Bernardo.

Por Redacción·27 de octubre de 2019·2 min de lectura
Impugnan ante el TC norma de la Ley Emilia que exige cumplimiento efectivo de pena privativa de libertad.
Referencial

Se solicitó la inaplicabilidad, por inconstitucional, del artículo 196 ter, inciso primero, parte final de la ley N° 18.290.

La disposición impugnada indica que “…Sin embargo, la ejecución de la respectiva pena sustitutiva quedará en suspenso por un año, tiempo durante el cual el condenado deberá cumplir en forma efectiva la pena privativa de libertad a la que fuere condenado”.

La gestión pendiente incide en autos penales, sobre conducción en estado de ebriedad con resultado lesiones graves gravísimas, graves, lesiones leves y huir del lugar del accidente sin prestar ayuda y dar cuenta a la autoridad competente, en grado de consumado, seguidos ante el Juzgado de Garantía de San Bernardo, donde el requirente ha sido formalizado como autor.

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