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Modifica Ley N°15.231.

Iniciativa parlamentaria sanciona el consumo indiscriminado de electricidad.

Corresponde ahora que la iniciativa -en primer trámite constitucional- sea analizada por la Comisión de Minería y Energía de la Cámara de Diputados.

27 de octubre de 2019

La moción de los diputados Castro, Fernández, Girardi, Labra, Leiva, Rey, Saavedra, Santana, Torrealba y Vidal, expone que tiene por objeto sancionar el uso indiscriminado de electricidad para iluminar y utilizar equipamientos de alto consumo energético, como los instrumentos climatización en edificios de oficinas, comerciales e industriales, durante períodos de tiempo en los cuales no se justifica su utilización.
Al respecto, los referidos parlamentarios refieren que si bien el consumo de energía eléctrica es necesario y facilita el desarrollo de actividades humanas, su consumo indiscriminado produce un daño al medio ambiente, especialmente con la utilización de iluminaria y aparatos eléctricos de alto consumo energético en períodos de tiempo que no son útiles para el desempeño de actividades de las personas.
En vista de dicha problemática, los autores de la moción parlamentaria en análisis proponen adoptar medidas que desincentiven el consumo de energía eléctrica en la iluminación de grandes edificios corporativos y centros comerciales y la utilización de equipos de alto consumo energético, como lo son los de climatización en períodos en los cuales no hay personas en su interior desempeñando funciones propias del lugar. Sin perjuicio de la libertad de consumo que puedan tener las empresas y de las medidas que se puedan adoptar para promover, desde un punto de vista económico, la disminución del consumo, pareciera ser necesario establecer también otro tipo de medidas que sancionen el consumo indiscriminado y con ello se modifiquen las conductas empresariales que dañan el medio ambiente.
En consecuencia, la iniciativa finaliza señalando que pretende sancionar el uso indiscriminado de electricidad para iluminar y utilizar instrumentos de climatización con multa a beneficio municipal de hasta 5 unidades tributarias mensuales por cada hora.
Corresponde ahora que la iniciativa -en primer trámite constitucional- sea analizada por la Comisión de Minería y Energía de la Cámara de Diputados.

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

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