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Modifica LOC de Municipalidades.

Proyecto de Ley busca que candidatos y candidatas a Alcalde o Alcaldesa a presentar un programa de gobierno comunal al momento de inscribir su candidatura.

Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Gobierno Interior Nacionalidad Ciudadanía y Regionalización.

27 de octubre de 2019

La moción de los diputados Auth, Díaz, Fuenzalida, Jackson, Longton, Mulet, Sepulveda, Undurraga, Velásquez  Walker, busca que candidatos y candidatas a Alcalde o Alcaldesa a Presentar un Programa de Gobierno Comunal al Momento de Inscribir su Candidatura.
Al respecto, los diputados exponen que por medio de la introducción de la Ley 20.900 de 2016 se estableció la obligación para los candidatos a presidentes de la república para que junto con la presentación de su candidatura presentar un programa de gobierno en el cual se indiquen las principales acciones, iniciativas y proyectos que se pretenden desarrollar durante su gestión. La misma obligación se estableció a nivel regional, para los candidatos a gobernador regional, por medio de la Ley 21.703 de 2018.
En ese sentido, indican que el objetivo perseguido en ambos casos podría resumirse en la necesidad de dar inicio "a un nuevo ciclo de candidaturas más responsables, comprometidas y de campaña de ideas, que promueva las propuestas programáticas de los partidos y sus candidaturas, favoreciendo la transparencia necesaria en las ideas y planteamientos políticos, para así mejorar nuestra democracia, desincentivando opciones basadas más en el carisma de los candidatos que en lo que proponen hacer desde el cargo al que aspiran”.
En este contexto, los diputados indican que no existe ninguna razón para no aplicar el mismo principio a las elecciones locales, considerando especialmente el amplio margen de potestades discrecionales y competencias administrativas y financieras que tienen los alcaldes en su territorio local, pues, es dable considerar que, si bien la presentación del programa constituye una obligación para los candidatos, el nuevo orden institucional generado a partir de la discusión de la Ley 20.900 en nuestro país, ha transformado estos nuevos estándares de "transparencia electoral" en un verdadero derecho para los ciudadanos. Si cada ciudadano elector tiene el derecho a conocer las ideas y propuestas de candidatos y candidatas a la Presidencia de la República y a la Gobernación Regional, por la misma razón debiese tener derecho' a conocer los planteamientos que lo afectarán de manera inmediata, sea directamente o en su entorno.
Enseguida el proyecto menciona que, por esa razón, se propone modificar la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, para efectos de incorporar la obligación de los candidatas y candidatos a Alcalde de acompañar, junto a su declaración de candidatura, un programa de gobierno comunal que señale las principales acciones, iniciativas y proyectos que se pretenden desarrollar durante su gestión en las áreas más relevantes de la competencia municipal y que aparecen descritas en su mayoría en el artículo 4° de la Ley Orgánica de Municipalidades, tales como: La educación y la cultura; la salud pública y la protección del medio ambiente; la promoción de la igualdad de género; la capacitación, la promoción del empleo y el fomento productivo; El turismo, el deporte y la recreación, etc…
Por consiguiente, el proyecto expresa que “Artículo Único: Agréguese el siguiente inciso tercero al artículo 107 del D.F.L. 1 de 2006 del Ministerio del Interior que fija el texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley 18.695, "Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades". "Junto con la declaración de candidatura indicada en los incisos anteriores, todo candidato o candidata deberá acompañar un programa de gobierno comunal, en el cual describa las principales acciones, iniciativas y proyectos que pretende realizar durante su gestión. Dicho programa deberá incluir, a lo menos, las siguientes materias: La educación y la cultura; La salud pública y la protección del medio ambiente; La asistencia social y jurídica; La capacitación, la promoción del empleo y el fomento productivo; El turismo, el deporte y la recreación; La urbanización y la vialidad urbana y/o rural; El derecho a la vivienda digna; El transporte y tránsito públicos; El desarrollo de acciones de prevención social y situacional; La adopción de medidas en el ámbito de la seguridad pública a nivel comunal; La promoción de la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres; y, La promoción de los derechos humanos.”.
Corresponde ahora que la iniciativa en primer trámite constitucional sea analizada por la Comisión de Gobierno Interior Nacionalidad Ciudadanía y Regionalización.

 

Vea texto íntegro de la moción, discusión y análisis.

 

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