Igualdad de género.
TS español se pronuncia sobre inclusión por parte de universidades de una variable de género en criterios para seleccionar departamentos con nuevas cátedras.
La sentencia busca evitar el crecimiento de la "brecha de género en la universidad española", como denomina el Ministerio Fiscal, mediante la cita de los datos del Ministerio de Educación y Ciencia

El Tribunal Supremo de España consideró no discriminatorio, sino objetivo y razonable, el acuerdo de la Universidad Autónoma de Madrid que introdujo en 2016 una variable de género para elegir los departamentos universitarios donde se crearían las nuevas plazas de cátedra.
Al respecto, la Sala de lo Contencioso- Administrativo, señala que está dentro de las facultades propias del derecho fundamental a la autonomía universitaria y que no supone infracción o lesión de derechos fundamentales como la igualdad, el mérito y la capacidad.
Enseguida, el máximo Tribunal español expone que sólo se está examinando lo que sería esa primera fase que trata de determinar cómo se estructura la plantilla, qué plazas en concreto han de crearse, y sobre todo, dónde. Y para ello se establece una puntuación, cuya relevancia sirve para determinar en qué áreas de conocimiento se adscribirán las cátedras de nueva creación, fijando, como uno de los elementos a valorar, la infrarrepresentación de catedráticas en departamentos universitarios.
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