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En forma unánime.

CS revocó sentencia que declaró inadmisible protección contra el Poder Judicial por tener publicada información sobre causas antiguas impidiendo a un ingeniero encontrar trabajo.

La recurrente estimó vulneradas sus garantías constitucionales contempladas en el artículo 19 números 1, 2, 3, 4, 16 y 24 de la Constitución Política.

2 de noviembre de 2019

Por unanimidad, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Valparaíso que declaró inadmisible el recurso de protección deducido en contra de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, que mantiene publicados en la página del Poder Judicial (www.pjud.cl), datos personales del recurrente, consistentes en causas en que ha sido parte.
En su sentencia, el máximo tribunal indicó que, del mérito de los antecedentes, apareció de manifiesto que en el libelo interpuesto en autos se han mencionado hechos que eventualmente pueden constituir la vulneración de garantías de las indicadas en el artículo 20 de la Constitución Política, razón por la que el recurso debió haber sido admitido a tramitación.
Por consiguiente, la Corte Suprema revocó la sentencia apelada y en su lugar declaró admisible el recurso de protección, debiendo dársele la tramitación correspondiente.

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema Rol N° 29203-2019 y de la Corte de Valparaíso Rol N° 15481-2019.

 

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