Con un voto en contra.
CS revocó sentencia y acogió protección contra Hospital por no suministrar medicamento a menor que padece de Atrofia Muscular Espinal.
El máximo Tribunal señaló que la negativa de los recurridos a proporcionar un medicamento indispensable para la integridad física de la menor, en base de consideraciones de índole económica, incurren en un acto arbitrario.

En fallo unánime, la Corte Suprema revocó sentencia de la Corte de Apelaciones de Valparaíso y acogió protección interpuesta por la madre de una menor contra varios recurridos por no entregar medicamento para una menor que padece de Atrofia Muscular Espinal.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Hospital San Martín de Quillota, del Servicio de Salud Viña del Mar-Quillota, del Fondo Nacional de Salud y del Ministerio de Salud, por la negativa del primero de los recurridos a financiar el medicamento SPINRAZA, único que ha demostrado beneficios y efectividad contra Atrofia Muscular Espinal, enfermedad que padece la hija de la recurrente de 6 años de edad.
La recurrente estimó vulneradas las garantías establecidas en el artículo 19 números 1 y 2 de la Constitución Política de la República.
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