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Constitución Política (artículo 52).

Acusación constitucional en contra de ex ministro Chadwick se dará cuenta hoy en la Sala de la Cámara de Diputados.

El escrito fue presentado con el argumento de que bajo el mandato del exsecretario de Estado, en materia de orden público y seguridad, se violaron los derechos humanos de los chilenos.

5 de noviembre de 2019

Siguiendo las formalidades legales y reglamentarias, la acusación constitucional en contra del ex ministro del Interior, Andrés Chadwick, será presentada en la cuenta de la sesión de Sala de la Cámara de Diputados.
Cabe mencionar que las acusaciones constitucionales tienen su base normativa en la Constitución Política (artículo 52), en la Ley Orgánica del Congreso Nacional (Título IV) y en el Reglamento de la Cámara de Diputados (Título VI).
Conforme a dichas normas, tras darse cuenta del ingreso del libelo acusatorio, se deberá sortear a los cinco legisladores que integrarán la comisión que estará encargada de evaluar el mérito jurídico de la presentación.
Posteriormente, dentro del plazo de tres días, se deberá notificar, personalmente o por cédula, al exsecretario de Estado, estableciéndose con ello la prohibición de salida del país, mientras se desarrolla este proceso.
A partir de la notificación, el ex ministro Chadwick tendrá un plazo de diez días para hacer presente sus descargos ante la comisión encargada de la acusación, ya sea en forma personal o por escrito.
La instancia, a su vez, desde el momento de dicha comparecencia, tendrá un plazo de seis días para estudiar la acusación constitucional y pronunciarse sobre ella, poniendo luego el libelo a disposición de la Sala de la Corporación.
La acusación constitucional fue ingresada el pasado miércoles 30 de octubre con la firma de diez diputados: Boric, Monsalve, Celis, Barrera, Cicardini, Alexis Sepúlveda, Pérez, Alejandra Sepúlveda, Rojas, Hirsch y Silber.
Se trata de un libelo centrado en la responsabilidad de mando del exsecretario de Estado, en materia de violaciones a los derechos humanos, esto en el marco del accionar de las Fuerzas Armadas y de Orden y Seguridad en las tareas de orden público, durante las movilizaciones sociales registradas en el territorio nacional.
En tal sentido, se recalca que el Estado de Emergencia que se decretó tras el estallido social solo permite limitar dos derechos civiles; el derecho a reunión y el derecho a la locomoción, por lo que es obligación de la autoridad velar por el respeto del resto de los derechos consagrados en la Constitución, entre ellos: el derecho a la vida, a la integridad física y a la integridad síquica, los cuales no habrían sido cautelados por el exministro Chadwick.
Cabe agregar que, si bien Chadwick ya dejó su cargo en el Gobierno, la acusación constitucional solicita la inhabilidad del exministro para el ejercicio de cargos públicos por un plazo de cinco años.

 

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