En forma unánime.
CS confirmó sentencia y rechazó protección contra un Banco por no otorgar restitución de fondos que fueron sustraídos a través de fraude.
La Corte de Santiago estimó que no logró formarse convicción en orden a que el acceso indebido al sistema de tratamiento de información de la entidad bancaria.

En forma unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago que acogió protección interpuesta por un cuentacorrentista en contra del Banco Scotiabank por no otorgar restitución de los fondos que fueron sustraídos a través de un fraude.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Banco Scotiabank, por la negativa a devolver la cantidad de $12.603.942, que fueron sustraídos mediante operaciones bancarias de traspaso de fondos, con un fraude perpetrado a través de la llamada de una persona que se identificó como agente del Banco y pidió los datos de la cuenta corriente del recurrente, quien los entregó. El recurrido se negó a la devolución de los fondos sustraídos.
El recurrente estimó vulnerada la garantía del artículo 19 numeral 24.
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