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Antecedentes.

Segundo Tribunal Ambiental realizó audiencia en reclamación contra SMA asociada a aprobación del programa de cumplimiento de Codelco Ventanas.

En mayo de 2016 la SMA abrió un procedimiento sancionatorio contra Codelco, formulándole 13 cargos por infracciones a las condiciones establecidas en las diversas resoluciones de calificación ambiental relacionadas con el proyecto «Fundición y Refinería Ventanas».

12 de noviembre de 2019

El Segundo Tribunal Ambiental llevará cabo la audiencia de alegatos en reclamación de vecino y dirigente ambiental de Quintero, Andrés León Cabrera contra la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) por la aprobación del programa de cumplimiento presentado por Codelco Ventanas.
El Tribunal estuvo integrado por los ministros Cristián Delpiano, presidente, Alejandro Ruiz y Felipe Sabando. los alegatos estuvieron a cargo de los abogados María Josefina Correa, en representación del reclamante; Pamela Torres, por la SMA, y Rodrigo Guzmán, por Codelco Ventanas, tercero coadyuvante de la SMA.
Cabe recordar que en mayo de 2016 la SMA abrió un procedimiento sancionatorio contra Codelco, formulándole 13 cargos por infracciones a las condiciones establecidas en las diversas resoluciones de calificación ambiental relacionadas con el proyecto “Fundición y Refinería Ventanas”.
La empresa respondió a este procedimiento presentando un primer programa de cumplimiento, el cual fue aprobado por la SMA y fue objeto de una primera reclamación de ilegalidad ante este Tribunal (R-132-2016). En octubre de 2017, el Tribunal Ambiental de Santiago acogió parcialmente la reclamación, dejando dejó sin efecto la aprobación del Programa y ordenando a la SMA exigir a Codelco que complementase el Programa, haciéndose cargo de los defectos constatados en la sentencia.
El segundo programa de cumplimiento fue presentado por Codelco, una vez que la SMA -en cumplimiento a la sentencia de este tribunal- retrotrajo el procedimiento sancionatorio al estado de formulación de observaciones al Programa de Cumplimiento y solicitó la presentación de uno nuevo. Este programa fue aprobado, tras una serie de observaciones por parte del ente fiscalizador, en noviembre de 2018, suspendiéndose el procedimiento sancionatorio contra Codelco.
Según sostiene el reclamante el programa de cumplimiento objeto de esta reclamación, “no presenta modificaciones con respecto del anterior PdC rechazado, ni subsana las omisiones en virtud de las cuales fue retrotraído el procedimiento para efecto que la SMA solicitase complementar antecedentes y conforme a ellos resolver si se aprueba o rechaza el programa”.
Por ello, solicita al Tribunal Ambiental acoger la reclamación, anular la resolución de la SMA que aprobó el programa de cumplimiento de Codelco Ventanas, “instruyendo a la Superintendencia del Medio Ambiente para que enmiende su actuación de manera que su actuación permita efectivamente a la empresa infractora dar cumplimiento a la normativa ambiental y hacerse cargo de los efectos producidos como resultado de las infracciones de Coldelco”.
En tanto, la Superintendencia solicita al Tribunal rechazar en todas sus partes la reclamación, declarando que la resolución que aprobó el programa de cumplimiento en noviembre de 2018 “es legal y fue dictada conforme a la normativa vigente”.

Antecedentes

Codelco es propietaria de la Fundición y Refinería Ventanas, instalación que es parte del denominado Complejo Industrial Ventanas. Dicha fundición tiene asociadas nueve Resoluciones de Calificación Ambiental (en adelante “RCA”) todas correspondientes a Declaraciones de Impacto Ambiental (en adelante, “DIA”).

6 de mayo de 2016, la SMA formuló cargos en contra de Codelco, por trece incumplimientos asociados a: las condiciones, normas y medidas establecidas en las resoluciones de calificación ambiental; las normas e instrucciones generales que impartidas por la SMA en ejercicio de sus atribuciones; los requerimientos de información que la SMA dirija a los sujetos calificados (Res. Ex. No 1/Rol D-018-2016).

27 de mayo de 2016, Codelco presentó un Programa de Cumplimiento, en el que propuso medidas para hacer frente a las infracciones imputadas, el que recibió observaciones por parte del vecino de Quintero, Andrés León Cabrera y de la propia SMA

12 de agosto de 2016, la SMA aprobó el Programa presentado por Codelco, corrigiéndolo de oficio en varios puntos (Res. Ex. N° 7/Rol D-018-2016).

28 de octubre de 2016, Andrés León Cabrera interpuso en este Tribunal reclamación en contra de la resolución de la SMA que aprobó el mencionado Programa de Cumplimiento, la cual fue admitida con el rol R-132-2016.

20 de octubre de 2017, este Tribunal dictó sentencia, acogiendo dicha reclamación, dejando parcialmente sin efecto la aprobación del Programa y ordenando a la SMA exigir al titular que complementase el Programa, haciéndose cargo de los defectos constatados en la sentencia.

29 de diciembre de 2017, la SMA retrotrajo el procedimiento sancionatorio al estado de formulación de observaciones al Programa de Cumplimiento de Codelco y solicitó la presentación de uno nuevo (Res. Ex. N° 16/Rol D-018-2016).

29 de marzo de 2018, Codelco presentó un Programa refundido, el que fue objeto de observaciones por parte de la SMA (Res. Ex. N° 20/Rol D-018- 2016, de 14 de mayo de 2018).

6 de junio de 2018, Codelco presentó un Programa refundido, el cual nuevamente recibió observaciones de la SMA (Res. Ex. N° 23/Rol D-018-2016, del 9 de agosto de 2018)

5 de septiembre de 2018, Codelco presentó una nueva versión del Programa de Cumplimiento.

28 de noviembre de 2018, la SMA aprobó el plan de cumplimiento y suspendido el procedimiento sancionatorio conrea Codelco (Res. Ex. N° 27/Rol D-018-2016)

26 de diciembre de 2018, Andrés León Cabrera interpuso en el Tribunal Ambiental de Santiago reclamación contra la resolución que aprobó el plan, la cual fue admitida con el rol R-199-2018.

30 de abril de 2019, la Corporación Nacional del Cobre solicitó ser considerado como tercero coadyuvante de la reclamada en estos autos, a lo que el Tribunal accedió por resolución de fojas 399.

11 de noviembre de 2019, Codelco presentó una excepción fundada en la falta de legitimación activa del reclamante, cuestión que se resolverá en definitiva.

 

Vea expediente de la causa R-199-2018

 

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