Diario Constitucional

Había sido sancionada por elusión al SEIA.

Segundo Tribunal Ambiental dejó sin efecto multa a inmobiliaria de Estación Central.

Judicatura concluyó que la Superintendencia del Medio Ambiente no motivó debidamente su resolución.

Por Redacción·27 de agosto de 2019·5 min de lectura
Segundo Tribunal Ambiental dejó sin efecto multa a inmobiliaria de Estación Central.
Referencial

El Segundo Tribunal Ambiental acogió la reclamación interpuesta por Inmobiliaria Toro Mazotte 115 S.A. en contra de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), asociada al procedimiento sancionatorio seguido en su contra y que culminó con una multa a la empresa.

Al acoger la reclamación, la sentencia resolvió “dejar sin efecto, la Resolución Exenta N° 292, de 12 de marzo de 2018, y la Resolución Exenta N° 104, de 24 de enero de 2018, ambas de la Superintendencia del Medio Ambiente; ordenar, en consecuencia, a la Superintendencia del Medio Ambiente, resolver el procedimiento sancionatorio rol D-024-2017, conforme a derecho; y condenar en costas a la reclamada, por haber sido totalmente vencida”.

La inmobiliaria acudió al Tribunal Ambiental luego que la SMA rechazara el recurso de reposición contra la multa de 1 UTA que le había impuesto el ente fiscalizador tras abrir un procedimiento sancionatorio en su contra. Según la Superintendencia, la empresa había eludido al Sistema de Evaluación Ambiental (SEIA), al iniciar trabajos asociados al proyecto Toro Mazotte 115 S.A., sin contar con RCA favorable.

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