Por unanimidad.
CS declaró admisible protección en contra de Municipalidad de Copiapó que no renovó patente de botillería.
La recurrente considera vulnerado su derecho a la igualdad ante la ley, igual protección de sus derechos y su derecho de propiedad.

En fallo unánime, la Corte Suprema revocó el fallo de la Corte de Apelaciones de Copiapó que declaró inadmisible recurso de protección deducido por comerciante en contra de Ilustre Municipalidad de Copiapó. El recurrente señala que se le habría negado la renovación de la patente de alcoholes de su Botillería por parte de la Municipalidad, aduciendo que cercano a su local se producirían delitos por terceros; sin considerar que el local nunca ha sido multado, clausurado o sancionado de alguna manera.
En su sentencia, la Corte de Apelaciones de Copiapó declaró inadmisible el recurso, concluyendo que el recurrente impugna el decreto alcaldicio 19.416, de fecha 24 de septiembre del año en curso, emanado de la Municipalidad de Copiapó el que rechazó una reposición de resolución de 22 de julio de 2019, resolución que realmente vulnera las garantías constitucionales; al interponerse el recurso con fecha 21 de octubre se considera el recurso inadmisible por extemporáreo.
Por su parte, el Máximo Tribunal revocó el fallo, declarando admisible el recurso, considerando que de los antecedentes se desprende que la parte recurrente tomó conocimiento de los antecedentes en que funda el presente arbitrio con fecha 24 de septiembre de 2019, de manera que al haberse entablado la acción constitucional materia de estos autos recién el 21 de octubre del presente año, la misma lo ha sido dentro del período de treinta días contemplado en el Auto Acordado sobre tramitación del Recurso de Protección.
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