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Por unanimidad.

CS revocó sentencia y acogió protección contra SUSESO y FONASA por rechazo de licencias médicas.

El máximo Tribunal indicó que el rechazo de las licencias médicas que se alegó por el recurrente, importó de parte de la autoridad el ejercicio de una facultad de forma meramente potestativa.

20 de noviembre de 2019

En fallo unánime, la Corte Suprema revocó la sentencia de la Corte de Rancagua y acogió protección interpuesta contra Superintendencia de Seguridad Social y Fonasa por rechazo de licencias médicas.

En su escrito se señala haber recurrido de acción de protección en contra de la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO) y el Fondo Nacional de Salud (FONASA) por no pagarle al recurrente sus licencias médicas desde octubre de 2018, ya que el recurrente cayó en una depresión después de sus padres fueran diagnosticados con cáncer, lo que lo llevo a una posterior separación y despido de su trabajo.

En su sentencia, la Corte de Apelaciones de Rancagua indicó, en síntesis que, la COMPIN dispone de la facultad legal de resolver acerca de la autorización de la licencia médica, que su decisión no fue arbitraria y los derechos cuya protección reclamó el recurrente, no tienen el carácter de indubitados, por lo que se rechazó el recurso de protección.

Por su parte, el máximo Tribunal señaló en síntesis que, se advirtió que el rechazo de las licencias médicas que se alegó por el recurrente, importó de parte de la autoridad el ejercicio de una facultad de forma meramente potestativa, con desconocimiento de la certeza y seguridad jurídica que a los ciudadanos se les debe, al ejercer sus facultades, en especial, si como en esta materia se vio involucradas garantías especialmente protegidas por el constituyente, como la vida y la salud de las personas.

Por lo que se concluyó, revocando la sentencia apelada, y en su lugar, se acogió el recurso de protección debiendo la Superintendencia de Seguridad Social disponer que la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez de Rancagua encargue un nuevo informe médico acerca de la dolencia que da cuenta el recurso, a fin de determinar la procedencia de los días de reposo que disponen las licencias médicas materia de autos, y cumplido ello, se pronuncie nuevamente acerca de las licencias médicas denegadas, que han sido objeto del presente libelo.

 

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema en causa Rol Nº 18152-2019 y de la Corte de Apelaciones de Rancagua en causa Rol Nº 3341-2019.

 

 

 

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