De forma unánime.
CS confirmó sentencia que rechazó protección contra Instituto por cancelar matrícula a hijas de recurrente.
La recurrente estimó vulnerado su garantía establecida en el artículo 19 numerales 1, 2, 3, y 10 de la Constitución Política de la República.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Santiago y rechazó un recurso de protección presentado por la madre de dos menores en contra un Instituto por haber cancelado la matrícula escolar a sus hijas.
En el escrito, se señala haber recurrido de acción de protección en contra del Instituto de Humanidades Luis Campino, ya que la recurrida les canceló la matrícula escolar a las hijas menores de la recurrente, sin previo proceso o aviso, y sin justificación legal alguna, ya iniciado el año escolar.
La recurrente estimó vulnerado su garantía establecida en el artículo 19 numerales 1, 2, 3, y 10 de la Constitución Política de la República.
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