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Por unanimidad.

CS confirmó fallo que rechazó protección en contra de Contraloría por decretar reintegro de beneficio económico.

La recurrente considera vulnerado su derecho a la propiedad.

24 de noviembre de 2019

En forma unánime, la Corte Suprema confirmó el fallo de la Corte de Apelaciones de Talca que rechazó recurso de protección deducido por Oficial de Reclutamiento en contra de Contraloría General de la República. El recurrente señala que en el año 2003, ingresó en calidad de personal de planta al cargo de Oficial de Reclutamiento pasando a ser parte del escalafón de reclutamiento en la Dirección General de Movilización Nacional. El 15 de marzo de 2018 cumplió 20 años de servicio, ante lo cual el Ejército de Chile, de oficio, le otorgó la asignación de especialidad al grado efectivo en carácter de imponible y además una bonificación compensatoria no imponible, ascendente al 13,5% de la respectiva asignación, lo que se ha hecho también con los pares que se rigen también por el mencionado Art. 3 de la Ley 18.458. No obstante, la Contraloría, por medio del Dictamen N°7.752 de marzo de 2019, solicito el reintegro de la mencionada asignación sin considerar que este beneficio económico le fue concedido también a otros oficiales de reclutamiento, a los cuales hasta el momento de la emisión del recurrido dictamen, no se les ha pedido restitución, en circunstancias siendo que se encuentran en la misma situación, cumpliendo las mismas funciones y tareas, en el mismo servicio, afectos a una misma normativa con título profesional y 20 años de servicio.
El recurrido manifestó en su informe que sostiene que el asunto es ajeno a la naturaleza cautelar del recurso de protección pues ésta no es la vía para pedir que se determine el sentido y alcance de una preceptiva determinada, ni tampoco una instancia de declaración de derechos, ya que el recurrente pretende que se ordene a Contraloría General dejar sin efecto el oficio impugnado y se le conceda el beneficio económico que reclama. Agrega que es un asunto de lato conocimiento propio de un juicio declarativo, ajeno a toda solicitud de restablecimiento de algún derecho indiscutido que se encuentre amagado.
En su sentencia, la Corte de Apelaciones de Talca rechazó el recurso, concluyendo que el recurrente no cuestiona la legalidad del dictamen que motiva su acción, sino tan solo lo califica de arbitrario en razón de que, hasta la fecha de interposición del recurso, el descuento que cuestiona no ha sido aplicado a sus pares que están en igual situación jurídica. Que, no habiendo un derecho indubitado que hubiere sido vulnerado por una actuación ilegal, sólo resta razonar un torno a la arbitrariedad esgrimida por el recurrente, la cual solo se configura cuando el acto o proceder es contrario a la razón y está motivado sólo por la voluntad o el capricho, circunstancias que no se dan en la especie desde que Contraloría General de la República procedió, en uso sus facultades y amparada en normas legales vigentes.
Por su parte, el Máximo Tribunal confirmó el fallo por unanimidad.

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema Rol N° 17.637-2019 y de la Corte de Apelaciones de Talca Rol Protección 792-2019.

 

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