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En fallo unánime.

Corte de San Miguel acoge amparo en contra de carabineros por vulnerar libertad individual e integridad de estudiantes.

El Tribunal de alzada acogió la acción constitucional deducida por la Oficina de Protección de Derechos de la comuna de la Granja, tras acreditar la vulneración denunciada.

25 de noviembre de 2019

En fallo unánime, la Corte de Apelaciones de San Miguel acogió el recurso de amparo deducido en contra de funcionarios de la 13° Comisaria de Carabineros de la Granja, quienes habrían vulnerado la libertad individual e integridad personal de cuatro estudiantes de enseñanza media, y  ordenó a la institución realizar investigación sumaria  junto con prohibir a los funcionarios acercarse al domicilio de los adolescentes ni a su establecimiento educacional.
La sentencia sostiene que atendido el mérito de los antecedentes, lo informado por carabineros y lo advertido por estos ministros en el registro de video acompañado por el abogado recurrente, se observa que en el actuar de los funcionarios recurridos se configuraría una infracción a la integridad personal y libertad individual de los recurrentes, lo que constituye una vulneración a lo dispuesto en la norma constitucional alegada, corresponde acoger la presente acción constitucional.
Por tanto, concluye que se acoge el recurso deducido en lo principal  de fs. 1, y se ordena a Carabineros de Chile instruir investigación sumaria respecto a las acciones atribuidas a los funcionarios Manuel Alejandro Salgado Tapia y Roberto Carlos Pineda Cartes de la 13ª Comisaría de Carabineros de La Granja; y, de igual manera, se prohíbe que los citados funcionarios acercarse a los domicilios de los adolescentes por los que se recurre y al establecimiento educacional al que asisten, por el tiempo en que se desarrolle la investigación sumaria indicada.

 

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