Diario Constitucional

Con prevención.

CS confirma sentencia que acogió protección de trabajador bajo el régimen de «contrata» y ordenó su renovación.

La decisión fue acordada con la prevención de la Ministra Sandoval, quien estuvo por confirmar la sentencia de alzada en los mismos términos bajo los cuales se ordenó el pago de remuneraciones pendientes.

Por Redacción·25 de noviembre de 2019·1 min de lectura
CS confirma sentencia que acogió protección de trabajador bajo el régimen de «contrata» y ordenó su renovación.
Referencial

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Coyhaique que acogió protección de ex trabajador de la gobernación regional ya referida, a quien no se le renovó sus servicios prestados bajo la modalidad de contrata.

La sentencia del máximo Tribunal razonó en orden a considerar que, de los antecedentes tenidos a la vista en la causa se desprende que la sentencia de la Corte de Apelaciones de Coyhaique indicó que el funcionario recurrente debía reincorporarse a sus funciones, a lo que la autoridad recurrida señaló que el actor no se presentó tras ser notificado de su reintegro, razón por lo cual habría quedado suspendido tal proceso.

Añade la sentencia de la Corte Suprema que, ha sido la recurrente de primera instancia la que decidió apelar al fallo de la Corte de Apelaciones de Coyhaique, pues en ella el tribunal de alzada habría decidido únicamente pagar las remuneraciones que se devengaron a contar de su fecha de reincorporación. Ante tal situación razonó el fallo de la Corte Suprema que debe pagarse el mes completo en el cual el funcionario debió ser reintegrado.

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