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Por unanimidad.

CS confirma sentencia que rechazó amparo en contra de Gendarmería de la IX región por no postular a condenado por robo con violencia al beneficio de la libertad condicional.

Corte de Temuco estimó que con modificación legal del Decreto Ley 321 sobre libertad condicional, el amparado no reúne los requisitos para postular al beneficio.

30 de noviembre de 2019

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco que rechazó amparo deducido por condenado por el delito de robo con violencia, en contra de la actuación de gendarmería de Chile que le denegó el acceso a postular al beneficio del cumplimiento de su pena en libertad condicional.
La sentencia de la Corte de Apelaciones de Temuco señaló, que de los antecedentes que obran en la causa se desprende que el amparado presenta el cumplimiento de la mitad de su condena por el delito de robo con violencia y que su conducta ha sido muy buena, desempeñándose en la actualidad como mozo en el casino del personal en el cual se encuentra recluido.
Sin embargo, agrega el fallo de la Corte de Apelaciones de Temuco, la Ley 21.124 que modificó el Decreto Ley 321 de 1925 sobre libertad condicional, estableció nuevos requisitos para optar a tal beneficio en el caso de algunos delitos y que por ello, en el caso de marras la autoridad penitenciaria actuó dentro de la legalidad al no postular al recurrente que requiere completar dos tercios de su pena para optar a dicho beneficio.
Por su parte, la Corte suprema confirmó por unanimidad lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Temuco.

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema Rol Ingreso N° 33.659-2019 y de la Corte de Apelaciones de Temuco Rol Ingreso N° 210-2019.

 

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