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Por unanimidad.

CS rechazó amparo deducido en favor de condenado por homicidio calificado y hurto a quien se le denegó beneficio de libertad condicional.

El máximo Tribunal desestimó lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Valdivia, al estimar que lo requerido por la recurrente excede el marco de lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República.

30 de noviembre de 2019

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Valdivia que acogió recurso de amparo deducido en favor de condenado por los delitos de homicidio calificado y hurto a quien se le denegó el beneficio de cumplir sus penas en libertad condicional.

La sentencia de la Corte de Apelaciones de Valdivia señaló que de los antecedentes que obran en la causa se desprende a su juicio que Gendarmería, el órgano recurrido erró en los cálculos del tiempo requerido por el amparado para postular al beneficio carcelario ya mencionado y referido en el Decreto Ley 321,  lo que afectó la libertad personal del recurrente.

Por su parte, la Corte Suprema por unanimidad desestimó lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Valdivia, al estimar que lo requerido por la recurrente excede el marco de lo establecido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República.

 

 

Vea texto íntegro de la sentencia Corte Suprema Rol N° 29.595-2019Corte de Apelaciones de Valdivia Rol N° 83-2019.

 

 

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