En forma unánime.
CS confirmó sentencia que declaró inadmisible protección contra INDH por no velar por DD.HH de Carabineros.
La Corte de Concepción indicó que, no se constató de los hechos expuestos, que éstos constituyan vulneración de alguna de las garantías constitucionales señaladas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Concepción que declaró inadmisible la acción de protección interpuesta en contra del Instituto Nacional de Derechos Humanos (INDH), por no velar por los Derechos Humanos de Carabineros frente a grupos de violentistas.
En su sentencia, la Corte de Concepción indicó que, no constatándose de los hechos expuestos, que éstos constituyan vulneración de alguna de las garantías constitucionales señaladas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y de conformidad con lo dispuesto en el N° 2 inciso segundo del Auto Acordado de la Corte Suprema de Justicia sobre Tramitación del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se declaró inadmisible el recurso de protección. Por su parte, el máximo Tribunal confirmó la sentencia apelada.
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