Diario Constitucional

Uso de tecnologías con fines de seguridad y vigilancia.

CPLT advierte altos niveles de «falsos positivos» en sistemas de reconocimiento facial tras promoción de dicha tecnología en Las Condes.

El Consejo para la Transparencia indica que sistemas que levantan datos biométricos con fines de investigación hacen pagar a justos por pecadores al recoger y tratar datos de personas que transitan por espacios públicos y no se vincularán con acciones delictuales o de violencia.

Por Redacción·11 de diciembre de 2019·3 min de lectura
CPLT advierte altos niveles de «falsos positivos» en sistemas de reconocimiento facial tras promoción de dicha tecnología en Las Condes.
Referencial

Ante las críticas del alcalde de Las Condes, Joaquín Lavín, derivadas de una eventual subutilización de un software de última generación de reconocimiento facial, afirmando que el municipio no cuenta “con una base de datos con la cual contrastar los rostros” con fines de seguridad, el Consejo para la Transparencia (CPLT) recordó la necesidad de cuidar aspectos vinculados a la protección de datos personales derivado del uso de estas tecnologías previo a su uso y a que sea utilizado por otras municipalidades o entidades públicas o privadas.

Acorde a lo que explicó el presidente del Consejo, Jorge Jaraquemada, estos sistemas supone el tratar datos que deben tener especial resguardo, requisito que en nuestro país evidencia debilidades al contar con una regulación que data de 1999. “Debemos enfatizar la necesidad que el debate acerca del uso y requisitos de esta clase de sistemas pueda darse dentro de un marco normativo general que resguarde adecuadamente los derechos de las personas cuyos datos serán, en definitiva, recopilados, almacenados y procesados. Nuestra ley actual data de 1999, previo a la irrupción de estas tecnologías digitales”, espetó el titular del CPLT.

Jaraquemada profundizó en la dimensión del tratamiento, gestión y protección de datos personales que impone el uso de esta tecnología puesto que involucra datos biométricos, es decir, rasgos físicos o fisiológicos de las personas, permitiendo verificar la identidad de cualquiera que sea grabado. Lo anterior implica que pagan “justos por pecadores”, dado que no se discriminan los antecedentes que se recogen y no sólo se levantan datos de personas vinculadas con hechos de violencia o delitos sino de cualquiera que haga uso de los espacios públicos que cuentan con cámaras.

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