Con dos votos en contra.
CS confirmó fallo que acogió amparo en contra de Policía de Investigaciones de Chile que negó solicitud de refugio de niño venezolano de un año.
Ambos padres recurrentes mantienen visa de responsabilidad democrática.

En fallo dividido, la Corte Suprema confirmó el fallo de la Corte de Apelaciones de Arica que acogió recurso de amparo deducido por ciudadanos venezolanos, en favor de su hijo infante y en contra de Policía de Investigaciones de Chile.
Los recurrentes señalan que tras meses de tramitación obtuvieron sus visas de responsabilidad democrática, aprobadas con vigencia hasta por 90 días a contar del 19 de agosto del año en curso. Paralelamente, solicitaron el mismo beneficio para su hijo de un año de edad, sin embargo aquel no contaba con pasaporte debido las carencias, limitaciones y negativas en cuanto al otorgamiento de documentos de identificación que sufren los venezolanos.
No obstante aquello, deciden partir el martes 5 de noviembre desde la ciudad de Maracay en Venezuela por vía terrestre rumbo a Chile junto con su hijo. Es así como arriban a Tacna el día 10 y tratando de ingresar al territorio nacional a través del Complejo Fronterizo de Chacalluta se les niega dicha posibilidad junto con el ingreso, ya que el niño no cuenta con la visa.
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