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En forma unánime

CS confirmó sentencia que rechazó protección contra Banco Estado por negativa a restituir fondos que fueron sustraídos a través de posible fraude

La recurrente estimó vulneradas su garantía del artículo 19 numeral 24 de la Constitución Política de la República.

29 de diciembre de 2019

En forma unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó el recurso de protección interpuesto por una cuentacorrentista en contra del Banco Estado, en razón de no otorgar restitución de los fondos que fueron sustraídos a través de un posible fraude.

En el escrito, se señala que el monto que la recurrente solicitaba devolver era de $1.643.970, los que fueron sustraídos desde la cuenta bancaria de la víctima del posible fraude. No obstante, el recurrido se negó a la devolución de los fondos sustraídos.

En este sentido, la recurrente estimó vulnerada la garantía constitucional establecida en el artículo 19 numeral 24 de la Constitución Política de la República, a saber, su derecho de propiedad.

La sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago señaló en síntesis que, una controversia como la planteada es una cuestión cuyo conocimiento y resolución requiere de una discusión dialéctica previa y la rendición de pruebas, tendientes, precisamente a acreditar los presupuestos de la pretensión y la resistencia, lo que conllevó a estimar que no se está en presencia de un derecho de carácter indubitado que pueda ser tutelado por la vía proteccional, al tenor del artículo 20 de la Carta Fundamental.

El máximo Tribunal, por su parte, confirmó la sentencia apelada.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol 29827-2019  y de la Corte de Apelaciones Rol 63463-2019

 

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