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CIDH otorga medidas de protección a favor de Amaya Coppens y otras 15 personas privadas de libertad en el Nuevo Chipote en Nicaragua.

Según la solicitud, las personas beneficiarias fueron privadas de libertad tras apoyaren con medicación y agua un grupo de madres que iniciaron una huelga de hambre a modo de protesta por la detención presuntamente arbitraria de los familiares que participaron en las distintas manifestaciones.

30 de diciembre de 2019

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) adoptó el 24 de diciembre de 2019 una Resolución 62/2019 mediante la cual otorgó medidas cautelares a favor de Amaya Coppens y otras 15 personas privadas de libertad en el Nuevo Chipote en Nicaragua.
Según la solicitud, las personas beneficiarias fueron privadas de libertad tras apoyaren con medicación y agua un grupo de madres que iniciaron una huelga de hambre a modo de protesta por la detención presuntamente arbitraria de los familiares que participaron en las distintas manifestaciones.
La solicitud alegó que las personas beneficiarias se encuentran en celdas pequeñas de cemento, sin colchones o almohadas, habiendo permanecido todo el tiempo ahí, salvo con ocasión de la audiencia preliminar y durante las visitas. De la misma forma, solo le permitirían tener un litro de agua para dos o tres días, siendo esta además sucia o de mala calidad, lo que les habría enfermado. Los solicitantes igualmente hicieron hincapié en el trato que reciben los reclusos, aportando relatos detallados con fechas y demás circunstancias de varias instancias en las que se habrían producido agresiones o amenazas. Adicionalmente, se les estaría negando acceso oportuno a atención médica.
Por último, los solicitantes expresaron su preocupación por los familiares de los propuestos beneficiarios, pues también habrían sido objeto de intimidaciones. El 21 de noviembre, un grupo de doce encapuchados habría tratado de entrar forzadamente en la vivienda de la madre de uno de ellos, siendo finalmente ahuyentados por la intervención de unos vecinos; el padre de otro habría visto a policías frente a su casa y recibido llamadas extrañas, entre otras situaciones.
La Comisión solicitó información al Estado el 26 de noviembre de 2019, sin que al día de la fecha se haya recibido respuesta alguna. Sin embargo, los solicitantes alegaron que el 17 de noviembre, la fiscalía acusó a los propuestos beneficiarios de “tráfico ilícito de armas” y al día siguiente, la policía dio una rueda de prensa en la que presentó a los detenidos como miembros de una banda criminal que pretendía hacer atentados en edificios públicos. Además de los recursos presentados por la defensa, los solicitantes consideran que la denuncia pueda dar lugar a que terceros intenten agredirlos.
En consecuencia, con base en el artículo 25 de su Reglamento, la CIDH solicitó a Nicaragua que adopte las medidas necesarias para garantizar los derechos a la vida, integridad personal y salud de la señora Amaya Coppens y los demás beneficiarios que se hallan privados de libertad en el Nuevo Chipote; asegure que sus condiciones de detención sean compatibles con los estándares internacionales aplicables en la materia; garantice el acceso a un tratamiento médico adecuado siguiendo las recomendaciones de los especialistas correspondientes; e informe sobre las acciones adoptadas a fin de investigar los presuntos hechos que dieron lugar a la adopción de la presente medida cautelar y evitar así su repetición.
La Comisión recuerda que viene haciendo seguimiento cercano de la situación que atraviesa el Estado de Nicaragua. En ese contexto, la CIDH había otorgado medidas cautelares a la beneficiaria Amaya Coppens en noviembre de 2018 y posteriormente solicitado medidas provisionales a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, las cuales fueron otorgadas en mayo de 2019. Luego el levantamiento de las medidas provisionales, la beneficiaria fue detenida nuevamente.
El otorgamiento de la medida cautelar y su adopción por el Estado no constituyen un prejuzgamiento sobre una eventual petición ante el sistema interamericano en la que se aleguen violaciones a los derechos protegidos en la Convención Americana y otros instrumentos aplicables.

 

Vea resolución 62/2019 

 

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