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En fallo unánime.

Corte Suprema rechaza demanda en contra de supermercado por retención de cliente por hurto de productos

El máximo Tribunal rechazó recurso de casación en el fondo interpuesto por la parte demandante en contra la sentencia de la Corte de Apelaciones de Rancagua por manifiesta falta de fundamento.

31 de diciembre de 2019

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia que rechazó demanda en contra de supermercado de Rengo por la retención de cliente acusado por hurto de productos.

La sentencia sostiene que examinado el recurso de casación se puede constatar que si bien el recurrente denuncia la infracción de normas sustantivas, no cuestiona la aplicación del derecho atingente a la materia debatida, pues los fundamentos esenciales de su libelo dicen relación con el alcance y sentido que corresponde atribuir a la prueba rendida en autos. Sin embargo, tal actividad se agotó con la valoración que hicieron los jueces del fondo, quienes tras ponderar los antecedentes y en uso de sus facultades concluyeron que no se probó que el actor hubiera sido objeto de escarnio y burlas, ni que hubiera mediado demora en ponerlo a disposición de la policía atribuible a la demandada, de tal forma que no se encuentran acreditados los supuestos de la acción de responsabilidad extracontractual incoada, por cuanto la sola retención del demandante y su entrega a Carabineros no puede calificarse como un acto ilegal, habiéndose ajustado el supermercado a la normativa aplicable.

La resolución agrega que siguiendo esta línea de razonamiento y a mayor abundamiento resulta pertinente destacar que en ningún momento el libelo recursivo precisa cuáles serían los medios probatorios que no fueron analizados o de qué manera se habría vulnerado el valor que la ley asigna a cada uno de ellos.

Añade que lo razonado lleva a concluir que lo atacado por el arbitrio es, en esencia, la ponderación judicial de la prueba rendida por los litigantes, que llevaron a cabo los jueces del fondo en uso de sus facultades privativas, proceso intelectual que, como se ha se ha señalado de manera reiterada, escapa al control de casación.

 

Vea texto íntegro de la sentencia de la Corte Suprema Rol 13847-2019 y de la Corte de Apelaciones Rol 1332 – 2017

 

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