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Acogió parcialmente la denuncia.

Juzgado Laboral de Chile Chico ordena a Fisco indeminzar a funcionario despedido por razones políticas de la Gobernación provincial.

El Tribunal acogió la acción judicial y ordenó al Fisco pagar una indemnización de $33.915.574, equivalentes a 11 meses de remuneraciones, por el término anticipado de la contrata.

7 de enero de 2020

El Juzgado del Trabajo de Chile Chico acogió parcialmente la denuncia de tutela de derechos fundamentales y cobro de prestaciones laborales, interpuesta por funcionario público del Ministerio del Interior, quien fue desvinculado de manera anticipada por la Gobernación Provincial, en abril de 2018.

El Tribunal acogió la acción judicial y ordenó al Fisco pagar una indemnización de $33.915.574, equivalentes a 11 meses de remuneraciones, por el término anticipado de la contrata, tras establecer que la resolución de despido se adoptó con vulneración del derecho a la no discriminación arbitraria, derecho a la honra y a la libertad de trabajo del demandante.

La sentencia señaló que se tuvo por establecida la existencia de un trato discriminatorio materializado en una motivación política por haberse procedido el cese de funciones poco tiempo después de asumir el nuevo gobernador, cuya filiación partidaria es contraria a la de su antecesor, lo que resultó indiciario de la real motivación de la nueva autoridad para designar a alguien más cercano a su pertenencia partidaria, afectando, consecuencialmente, la honra y la libertad de trabajo del trabajador denunciante, puesto que se le imputaron hechos inexistentes y se le atribuyeron responsabilidades que no eran parte de sus funciones, sancionando su actuar pretérito, pese a que este ya había sido evaluado por la autoridad competente, encontrándose su calificación firme y ejecutoriada, siendo absolutamente improcedente revisar labores que ya habían sido evaluadas pretéritamente.

La resolución agrega que, en relación a determinar las indemnizaciones a aplicar en este caso, resulta del todo pertinente tener en consideración la jurisprudencia de la Excma. Corte Suprema, la que ha establecido, en el caso de los funcionarios públicos que presentan una acción de tutela de derechos fundamentales y en el caso que se acceda a la demanda, únicamente deberá ser decretada la indemnización especial de la acción de tutela laboral, mas no las demás prestaciones laborales, como la que fueron demandadas en este juicio.

Añade que, asentado el criterio antes citado, solo se condenara al Fisco de Chile a la indemnización especial por la acción de tutela de derechos fundamentales, rechazándose en todo lo demás el libelo de autos.

Por último, concluye que en lo relativo al quantum indemnizatorio, este será fijado en el máximo legal, vale decir, once meses de la última remuneración mensual, en atención a la gravedad del actuar de la administración en este caso, obrando en abierta transgresión al ordenamiento jurídico constitucional, legal y reglamentario.

 

Vea texto íntegro de la sentencia del Juzgado del Trabajo de Chile Chico RIT  T-1-2018

 

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