En fallo unánime.
CS confirma sentencia que rechazó amparo en contra de Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Talca por emitir orden de arresto en contra de representante legal de empresa que adeuda cotizaciones impagas.
Corte de Talca señaló que no se configura una hipótesis de prisión por deudas.

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Talca que rechazó amparo deducido en favor de representante legal de empresa contra la orden de arresto despachada por el Juzgado de Cobranza Laboral y previsional de la misma ciudad.
La sentencia de la Corte de Apelaciones de Talca señaló que, de los antecedentes que obran en la causa se desprende que el amparado ha sido objeto de un juicio de cobranza en sede laboral por la AFP Plan Vital S.A., frente al no pago de cotizaciones previsionales que asciende a la suma aproximada de 17 millones de pesos.
Agrega la decisión de la Corte de Apelaciones de Talca, que los apremios decretados hacia el amparado constituyen una facultad prevista en la Ley 17.322, por lo que no puede establecerse una hipótesis de una prisión por deudas como proscribe la Convención Interamericana de Derechos Humanos, por tratarse del ejercicio de una facultad judicial.
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