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Plan de acción exterior.

TC español suspende acuerdo del gobierno catalán que aprueba plan de acción exterior con Unión Europea.

La Magistratura española decidió suspender la vigencia y aplicación de dicho Acuerdo, tras invocar el Gobierno de la Nación el artículo 161.2 de la Constitución, desde el día 28 de octubre de 2019, fecha de interposición del conflicto, lo que será comunicado al Presidente de la Generalitat.

13 de enero de 2020

El Pleno del Tribunal Constitucional de España por unanimidad admitió a trámite el Conflicto Positivo de Competencia promovido por el Gobierno de España contra la Generalitat de Cataluña respecto al Acuerdo Gov/90/2019, de 25 de junio, por el que se aprueba el Plan estratégico de acción exterior y de relaciones con la Unión Europea 2019-2022.
Al respecto, la Magistratura Constitucional española decidió suspender la vigencia y aplicación de dicho Acuerdo, tras invocar el Gobierno de la Nación el artículo 161.2 de la Constitución, desde el día 28 de octubre de 2019, fecha de interposición del conflicto, lo que será comunicado al Presidente de la Generalitat.
Enseguida, el Pleno ordenó dar traslado de la demanda y documentos presentados al Gobierno de la Generalitat para que aporte cuantos documentos y alegaciones considere convenientes.
Por último, la sentencia indicó que la incoación del conflicto también se comunicará a la Sala de lo Contencioso administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, por si ante la misma estuviera impugnado o se impugnare el citado Acuerdo, en cuyo caso se suspenderá el curso del proceso hasta la decisión del conflicto, según dispone el artículo 61.2 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.

Vea texto íntegro del comunicado de prensa.

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