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Por unanimidad.

CS confirma sentencia que declaró inadmisible protección deducida por automotora en contra de Jueza del Segundo Juzgado de Policía Local de Providencia por dictar medida cautelar en contra de 103 vehículos por no pago de «TAG».

Corte de Santiago señaló que los hechos ya están siendo conocidos por un tribunal.

14 de enero de 2020

En fallo unánime, la Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que declaró inadmisible protección deducida en contra de la decisión de la Jueza del Segundo Juzgado de Policía Local de Providencia, frente a la resolución que decretó la medida cautelar de prohibición de celebrar actos y contratos relacionados con 103 vehículos de propiedad de Sociedad Braman Leasing Limitada.

En su libelo, el recurrente sostiene que, dicha Resolución Judicial, para todos los efectos legales, un acto arbitrario que amenaza, restringe y perturba gravemente las garantías constitucionales expresamente tuteladas por la Constitución Política de la república, particularmente de los consagrados en los numerales 2, 3, 21 y 24 del Artículo 19 y demás resultantes de la Constitución Política de la República.

A su turno, la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que declaró inadmisible el recurso sostuvo que los hechos descritos en la presentación ya están siendo conocidos por un Tribunal, ante el cual se podrán hacer las alegaciones pertinentes y deducir los recursos que procedan, todo lo cual impide que esta acción tutelar pueda ser acogida a tramitación.

Por su parte, la Corte Suprema confirmó por unanimidad lo resuelto por la Corte de Apelaciones de Santiago.

 

Vea textos íntegros de las sentencias de la Corte Suprema Rol Ingreso N° 38.839-2019 y de la Corte de Apelaciones de Santiago Rol Ingreso N° 168072-2019.

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