Por unanimidad.
CS confirmó fallo que rechazó amparo en contra de Policía de Investigaciones de Chile por prohibir la entrada al país a turista.
La PDI consideró que el dinero que portaba era insuficiente para la estadía en el país.

En forma unánime, la Corte Suprema confirmó el fallo de la Corte de Apelaciones de Santiago que rechazó recurso de amparo deducido por ciudadano colombiano en contra de Policía de Investigaciones de Chile. El amparado señala que domingo 24 de noviembre recién pasado llegó al país proveniente de Colombia, con el fin de permanecer de vacaciones hasta el día 27 de enero del 2020, visitando a una amiga quien vive en Chile desde hace dos años y con quien mantiene una amistad por más de 20 años. Indica que en el Aeropuerto un funcionario de la Policía de Investigaciones le exigió la suma de mil dólares como Bolsa de Viaje, suma que no portaba, razón por la que le habría prohibido el ingreso al país, a pesar de que el amparado cuenta con su pasaje de regreso.
El recurrido señala en su informe que todo momento se tuvo en consideración expuesto en el artículo 44 de la Ley de Extranjería, ya que a las consultas realizadas al extranjero, se al que venía al país por 65 días, y que contaba solo con 100 dólares. En base a ello, se estimó que no contaba con los recursos necesarios para permanecer en atención al periodo de tiempo que pretendía, por lo que el recurrente fue embarcado con destino a su país de origen.
En su sentencia, la Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso, concluyendo que no se advierte irregularidad alguna que pueda ser imputada a la Policía de Investigaciones de Chile, toda vez que su proceder quedó ajustado a lo que establece la ley, todo lo cual redunda en un actuar ajustado a la legalidad.
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