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Presentan proyecto de ley que busca exigir al empleador de estaciones de servicio disponer de sillas para sus trabajadores.

El objetivo principal del proyecto ingresado es modificar el Código del Trabajo para incorporar a las estaciones de servicio de venta de combustible.

23 de enero de 2020

La Moción busca modificar el Código del Trabajo para exigir al empleador, operador de estaciones de servicio de expendio de combustibles, disponer de sillas para sus trabajadores.
Conforme a ello, la “Ley de la Silla”, nombre con que se conoce a la Ley Nº 2951 que establece el descanso en silla a los empleados particulares, determinó la obligación a los propietarios de establecimientos comerciales a disponer de sillas para sus trabajadores. Fue uno de los primeros logros de los movimientos obreros de fines del siglo XIX y comienzos del XX en Chile y actualmente sus normas están contenidas en el Código del Trabajo.
Otro punto abordado, es que los trabajadores de estaciones de servicio expendedoras de combustibles no cuentan con la garantía establecida en el Código del Trabajo sobre el uso de la silla de descanso. Estos trabajadores, permanecen durante toda su jornada laboral de pie, sin perjuicio de que, con intermitencia, entre la llegada de un vehículo y otro a los cuales les brindan el servicio de entrega de combustible, puede pasar un lapso considerable en el que requieren descanso, atendida consideración de la naturaleza de sus funciones.
Con el fin de avanzar en la materia, la iniciativa busca suscribir una modificación al Código del Trabajo que subsane esa situación permitiéndoles un mayor bienestar físico en su jornada laboral.
El proyecto se encuentra en primer trámite constitucional, en análisis por la Comisión de Trabajo y Seguridad Social de la Cámara de Diputados.

Vea texto íntegro del Boletín Nº 13183-13.

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