Diario Constitucional

Por unanimidad.

CS revocó fallo y acogió amparo a favor de imputada con trastorno psiquiátrico.

La imputada se encontraba cumplimiento prisión preventiva en un módulo común no apto para su condición de salud.

Por Redacción·24 de enero de 2020·3 min de lectura
CS revocó fallo y acogió amparo a favor de imputada con trastorno psiquiátrico.
Referencial

En forma unánime, la Corte Suprema revocó el fallo de la Corte de Apelaciones de Valparaíso que rechazó recurso de amparo deducido por imputada en contra de Juzgado de Garantía de la Ligua. El recurrente señala que la amparada tiene diagnóstico de Trastorno Bipolar tipo 1 en fase maniaca, por lo cual no está apta para residir en un módulo penal común, no encontrándose el CDP de Quillota apto para poder dar un tratamiento óptimo y oportuno. Que por ello, el recurrido modificó la medida cautelar de prisión preventiva por su internación en el Hospital Psiquiátrico Phillipe Pinel de Putaendo, pero este ha informado que no cuenta con cupos disponible. Por ello el recurrente solicita se adopten las medidas que en derecho estimen pertinentes a fin de que se decrete la libertad inmediata de su defendida, dado a que no existe la prestación del Estado de dar cobertura a la necesidad de cama de la amparada, o en subsidio, que esta sea ingresada de manera inmediata al Hospital Psiquiátrico.

El recurrido señala en su informe que la imputada se mantiene privada de libertad en el CDP de Quillota, a la espera de su ingreso al Hospital Psiquiátrico. Refiere que la estadía de la amparada en dependencias de Gendarmería de Quillota ha obedecido a que el Hospital no cuenta con cupos o camas disponibles, estando incluida en lista de espera, situación que está en conocimiento de la defensa y el Ministerio Público.

El Hospital Psiquiátrico Phillipe Pinel de Putaendo informa que la amparada se encuentra en el séptimo lugar de la lista de espera, dándole preferencia frente a otros imputados que no se encuentran en tal condición, empero en ningún caso situarla delante de los seis antes que ella, puesto que también su condición es de prisión preventiva en los diferentes centros penitenciarios del país, por lo que su respuesta de imposibilidad está lejos de ser arbitraria.

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